Ley contra el racismo sin aplicación

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Entre 2009 y 2013 se registraron 552 denuncias por delitos de racismo y discriminación, pero ninguna llegó a una sentencia. Las instituciones involucradas dicen que no hay operadores de justicia a cargo.

A casi cuatro años de la promulgación de  la Ley 045 Contra el Racismo y toda forma de Discriminación y  pese a  las más de 500 denuncias registradas en todo el país, no hay sentencias  debido a la falta de condiciones para su adecuada ejecución, como la ausencia de recursos humanos, técnicos y  económicos.
“No hay ninguna sentencia hasta el momento, en ninguno de los casos. Una de las limitaciones fuertes para trabajar en el ámbito de prevención y en la instrumentación de la sanción es la falta de recursos económicos y  humanos”, aseguró el  director general de Lucha contra el Racismo y toda forma de Discriminación, Leoncio Gutiérrez.
Entre 2009 y 2013  se registraron 552 denuncias por delitos de racismo y discriminación, y el 56% de ellos proviene del ámbito público. Menos de 20 de estos casos se derivaron como corresponde al Ministerio Público; los demás sólo fueron registrados, aunque según Gutiérrez se hizo el correspondiente seguimiento.
El artículo 1 de la norma, que generó diversos conflictos entre septiembre y octubre de 2010, expresa que su objetivo es establecer  “mecanismos y procedimientos para la prevención y sanción de actos de  racismo y toda forma de discriminación en el marco de la Constitución Política del Estado y Tratados Internacionales de Derechos Humanos”.
“Pero hasta el momento sólo es una ley nominal, no hay investigaciones ni sentencias. No hay protocolos de atención a víctimas de racismo y discriminación y esto es porque no hay políticas públicas, recursos económicos y  humanos capacitados para tipificar estos delitos”, dijo el presidente del movimiento Trans, Lésbico, Gay y Bisexual (TLGB), David Aruquipa.
Atención insuficiente
Al promulgarse la Ley 045 el 8 de octubre de 2010 y tras varios conflictos, se creó el Comité Nacional contra el Racismo y toda forma de Discriminación. 
La norma dispone que   está conformado por el “Órgano Ejecutivo: ministerios de Culturas, de la Presidencia, de Justicia,  de Gobierno, de Educación, de Economía, de Planificación y  de Defensa. Órgano Judicial, Órgano Electoral, Órgano Legislativo, Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, gobiernos autónomos departamentales, gobiernos autónomos municipales y autonomías indígena originaria campesinas”. 
Pero cuando la víctima intenta  denunciar, la desinformación prevalece tanto en dichas entidades como en la Policía.
Pese a que las autoridades encargadas  de aplicar esa ley expresan que los delitos de racismo y de discriminación deben ser denunciados ante las instancias que correspondan, los fiscales, jueces y policías  desconocen la norma.
En un recorrido por dos distritos policiales y  la oficina central  de  la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen, de La Paz, Página Siete comprobó que no hay información para las víctimas de estos delitos tipificados y que tampoco son atendidas. 
“¿Denunciar? ¿Aquí? Nada que ver. Nosotros no atendemos esos casos, tiene que conseguirse un abogado y que él se lo lleve el proceso”, dijo una oficial de esta división policial.
“Falta difusión, pero, más aún, falta un sistema y un aparato que planteé protocolos de atención”, agregó Aruquipa.
¿Qué le queda a la víctima?
Gutiérrez aseguró que la cantidad de denuncias registradas proviene de diferentes instituciones: Defensoría del Pueblo. Derechos Humanos, Ministerio Público y la Policía, pero este medio corroboró que en estas dos últimas reparticiones no hay ni siquiera plataformas de atención por delitos de racismo y discriminación. La Fiscalía sólo cuenta con una ventanilla de “atención a litigantes”.
“El Gobierno no despliega proyectos educativos ni  de sensibilización e información para las personas, sin embargo, invierte millones de dólares en propaganda política”, afirmó el exdefensor del Pueblo y actual rector de la UMSA, Waldo Albarracín, con respecto a la ausencia de información y atención para las víctimas de racismo y discriminación. 
El artículo 10 de la norma expresa que el Comité Nacional Contra el Racismo y Discriminación y el Ministerio de Culturas, mediante el Viceministerio de Descolonización, sistematizará y producirá información sobre los “procesos administrativos y judiciales iniciados por causa de racismo y toda forma de discriminación”.
“Lo que se hace es registrar las denuncias y hacer seguimiento, pero no tenemos facultad de establecer sanciones.  Esto corresponde al ámbito penal”, agregó Gutiérrez.
Las 552 denuncias anotadas no representan el número real de casos por racismo y discriminación, porque muchas veces, dice Aruquipa, al corroborar que no hay plataformas de información y de denuncia, y mucho menos funcionarios a cargo, las víctimas prefieren abandonar el intento de hacer prevalecer su derecho.
“Y por tratarse de un delito privado y  que tiene costos, la gente abandona el caso y todo se queda en nada.  Las principales víctimas de racismo y discriminación son personas de escasos recursos “, agregó.
La falta de funcionarios judiciales y policiales que apliquen la Ley 045 quedó en evidencia cuando en mayo de 2013 seis  taxistas golpearon brutalmente a dos  travestis. El delito fue tipificado como robo con lesiones y no así como discriminación por transfobia.  Si se trata de formular una denuncia ante alguna división policial,  sus efectivos, por falta de conocimiento de la ley, piden   a las víctimas de racismo y discriminación  que  argumenten  delitos como el atraco, la injuria, el hurto, etcétera. 
“Es evidente, ante actitudes discriminatorias y racistas no existen sanciones . Por ello hay   preocupación de las propias organizaciones que son parte del comité”, dijo la  adjunta de Programas y Actuaciones Especiales de la Defensoría del Pueblo, Griselda Sillerico.
Es evidente que no hay condiciones para aplicar esa ley