Empresarios anuncian acciones legales por incremento de tarifas del gas industrial

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Foto: CEPB

La Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB) anunció hoy la presentación de recursos legales en contra de la Resolución Administrativa 0331/ 2017 del 13 de agosto que emitió la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), mediante la cual se incrementan las tarifas del uso de gas natural para las industrias.

“Vamos a presentar los recursos legales que correspondan”, anunció la CEPB a través de un comunicado en el que calificó esta medida como contraria a la visión de una política de industrialización del país.

El ministro de Hidrocarburos, Luis Alberto Sánchez, indicó que no se trata de un incremento sino de una eliminación de la subvención al precio del gas natural industrial que se ha tenido desde 1998 y que es inferior a las tarifas que tienen países vecinos.

A juicio de la CEPB no existe tal subvención al precio del gas. “Para que exista una subvención, el precio de venta de un producto debe estar por debajo de su costo. Según declaraciones de autoridades de Gobierno, el día de hoy, el costo del gas es de aproximadamente un dólar”, señala el comunicado de los empresarios.

En esa línea, la CEPB señaló que este incremento contraviene el artículo 87 de la Ley 3058 de Hidrocarburos, que señala: “(…) en ningún caso los precios del mercado interno para el gas natural podrán sobrepasar el 50% del precio mínimo del contrato de exportación”.

El valor mínimo de venta en el mercado externo para el periodo julio-septiembre es de cuatro dólares por millón de BTU (Unidad Térmica Británica) en el mercado de Brasil, y de cinco dólares en Argentina, de acuerdo con el reporte de Hidrocarburosbolivia.com.

En tanto que en la página web del Ministerio de Hidrocarburos los precios preliminares para el tercer trimestre son de 4,39 dólares para Brasil y de 4,98 dólares para Argentina. Los nuevos precios internos para el gas industrial oscilan entre 1,86 dólares y 2,51 dólares.

El experto Francesco Zaratti afirmó que la resolución es “ilegal” porque incumple el artículo 87 de la Ley 3058 de Hidrocarburos vigente y, por tanto, es “nula” de todo derecho.

“Eso se debe a que el mínimo precio del gas exportado para el presente trimestre es de cuatro dólares para Brasil, de modo que el precio en el mercado interno no puede superar el 50% de ese monto; es decir, dos dólares el millar de pies cúbico (MPC)”, explicó.