Defensa de Añez rebate acusaciones; pide fallo absolutorio

Brújula Digital
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jeanine añez
Foto: Reuters

En la exposición de alegatos finales, la defensa de la expresidenta Jeanine Añez desvirtuó las acusaciones presentadas por las cuatro partes acusadoras del juicio “golpe de Estado II” y pidió al Tribunal de Sentencia Anticorrupción Primero de La Paz que dicte una sentencia absolutoria a favor de la exmandataria.

En una intervención de casi dos horas, en el juicio oral, los tres abogados de la exmandataria fundamentaron sus alegatos en la crisis y convulsión social que se vivió en Bolivia, principalmente en noviembre de 2019, y el consiguiente “vacío de poder” que dejaron las renuncias de los entonces presidente Evo Morales y vicepresidente Álvaro García.

En este proceso judicial, que entró en receso hasta las 14.00 de este jueves, Añez es acusada de cometer los delitos de incumplimiento de deberes y resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes.

Las cuatro partes acusadoras: Fiscalía, Ministerio de Gobierno, Procuraduría General el Estado y el presidente del Senado, Andrónico Rodríguez (MAS), solicitaron al tribunal judicial el dictamen de una sentencia condenatoria de 15 años de cárcel para la expresidenta.

Los acusadores fundamentaron sus acusaciones en los supuestos: traslado irregular de Añez desde Trinidad a La Paz, el uso de personal y aeronaves presidenciales, la orden que dio a las Fuerzas Armadas para que salgan a las calles en su calidad de senadora, la asunción a la Presidencia del Senado y después a la Presidencia del Estado en sesiones irregulares y la falta de consideración de las cartas de renuncia de Morales y la entonces presidenta del Senado, Adriana Salvatierra, principalmente.

En el inicio de los alegatos, el abogado Alain de Canedo cuestionó el hecho de que los acusadores en ningún momento de sus relatos hicieron mención a la crisis social y la zozobra que se vivía en el país, a raíz del vacío de poder que habían dejado Morales y García.

Con ese preámbulo, la defensa desvirtuó cada una de esas acusaciones. Para el caso del traslado de Trinidad a La Paz, el abogado Luis Guillén dijo que no se puede atribuir la comisión de los dos delitos a Añez porque ella no dispuso la utilización de las aeronaves, sino que esa fue una disposición de exjefes militares.

Para la asignación de seguridad presidencial, cuando ella aún era senadora, Guillén rechazó la acusación, en sentido de que uno de los testigos dijo que el personal especializado en seguridad de dignatarios fue convocado a proteger a la Asamblea Legislativa, no específicamente a Añez.

Respecto a la presunta orden que dio a las Fuerzas Armadas para que salga a patrullar las calles, en su calidad de senadora y no de Presidenta, Guillén acudió a la prueba que presentó la misma Fiscalía, un video en el que habla Añez. Allí demostró que en ningún momento dio una orden o una instrucción, sino que hizo un pedido y una exhortación.

Para el tema de la asunción a la Presidencia del Senado, Alain de Canedo, demostró que Añez estaba plenamente habilitada, según el reglamento interno, para asumir el cargo, tras la dimisión de Adriana Salvatierra. Rechazó la afirmación que hicieron los acusadores, en sentido de que la senadora era parte de los partidos del bloque de minoría, por lo que no le correspondía el puesto.

Otro argumento de los acusadores era que Añez asumió la Presidencia en una sesión irregular, sin quórum y sin los miembros necesarios de la directiva. Al respecto, también con otro video que presentó la Fiscalía, demostraron que la expresidenta suspendió la sesión precisamente por falta de quórum y que luego sólo comunicó que le correspondía asumir la Presidencia del Senado, en aplicación del mandato constitucional.

Para la observación sobre la falta de miembros de la directiva camaral, los abogados de Añez demostraron con el reglamento interno del Senado que para instalar una sesión basta la presencia del Presidente y de un secretario, lo que se dio en 2019.

Los acusadores, por otra parte, reiteraron en diferentes oportunidades que Añez no consideró las cartas de renuncia de Morales y Salvatierra en el pleno de la Asamblea para llegar a la Presidencia del Estado. Al respecto, Alain de Canedo precisó que, para Salvatierra, esa consideración debe darse cuando renuncia a su mandato constitucional de senadora, no cuando dimite a la Presidencia o algún puesto de la directiva, ya que para ello no hay un procedimiento reconocido en el Reglamento del Senado.

Para el caso de la carta de renuncia de Morales, Alain de Canedo dijo que el expresidente huyó y no estaba en el país y que la Carta Magna prevé la sucesión por ausencia del Presidente. Guillén complementó que una sentencia constitucional de 2021 reconoce la sucesión “ipso facto” para la Presidencia del Estado.

Otra observación que hicieron los abogados de la defensa eran los 15 años de cárcel que pidieron los acusadores para Añez. En estén caso, Alain de Canedo dijo que esa condena no correspondería porque pese a que en Bolivia no hay sumatoria de penas, las sanciones de los dos delitos apenas suman 14 años de cárcel. Por ello afirmó que el fallo pedido por la parte acusadora viola el principio de proporcionalidad.

BD/JJC