Operativo en el hotel Las Américas fue coordinado con Embajada de Venezuela

Los Tiempos
0
846
Hotel Las Américas, caso terrorismo
Foto: El Potosí

Un documento confidencial de la CIDH sobre la matanza en el hotel Las Américas, Santa Cruz, que salió a luz por una filtración, revela un informe sobre el éxito del “plan mayor acordado por el Ministerio de Gobierno, la Vicepresidencia y la Unidad de contingencia de la Embajada de la hermana República de Venezuela  y cuyo antecedente (es la) nomina de sujetos a ser neutralizados para mayor credibilidad publica (sic)”. Además, hace referencia a la posible ejecución de Michael Dwyer en un aeropuerto, la tortura a sobrevivientes, entre otros.

El pasado 21 de diciembre de 2021, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el Informe de Fondo 394/21 caso 13.546  sobre Mario Francisco Tadic Astorga y otros, tras fracasar la posibilidad de una solución amistosa.

En el informe en el párrafo 41, respecto al operativo Las Américas, se señala: “Consta en el expediente, el informe de 17 de abril de 2009 emitido por el capitán de Policía, Walter Andrade, dirigido al Comandante General de la Policía Boliviana, Víctor Escobar, en el que se hace referencia a los resultados del operativo policial.

“Mediante el presente me permito informarle a su autoridad que la intervención al hotal Las ameritas (sic) (Américas) de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra fue exitosa y conforme al ‘plan mayor, acordado por el Ministerio de Gobierno, la Vicepresidencia y al Unidad de contingencia de la Embajada de la Hermana República de Venezuela cuyo antecedente nomina de sujetos a ser neutralziados para myaor credibilidad pública (sic) y demás por menores que ya cursan en su depto (…) Por mi unidad asignada”, dice el informe del capitán Andrade.

En el operativo, según informes oficiales, murieron el irlandés Michael Dwyer,  Eduardo Rózsa y Arpad Magyarosi, además se detuvo a Mario Tadic, Elöd Tóásó y posteriormente a Alcides Mendoza y Juan Guedes.

Intentos fallidos

Ante el informe del capitán Andrade sobre la participación de la Unidad de Contingencia de la  Embajada de Venezuela, Los Tiempos intentó comunicarse con esta legación diplomática, pero lamentablemente ninguna de sus líneas telefónicas fueron atendidas.

Otros datos

En los alegatos del informe se establece que el operativo de la Unidad Táctica de Apoyo y Resolución de Crisis (UTARC) se desarrolló sin orden judicial ni presencia del Ministerio Público, además se determinó que las cámaras de seguridad fueron cortadas la noche del 14 de abril de 2009.

Asimismo, se refiere que en el hotel, horas antes del operativo, se hospedaron altas autoridades del Ministerio de Gobierno y de la Policía.

Muerte de Dwyer

En el informe también se revela que Michael Dwyer, en presunto cruce de fuego, fue ejecutado en un aeropuerto de Santa Cruz, tal como señalaron dos de los detenidos.

Se indica que Tadic y Tóásó luego de ser detenidos fueron trasladados a un aeropuerto, junto con Dwyer, para ser enviados a La Paz.

Los detenidos señalaron que a La Paz sólo llegaron los dos y dijeron que en el aeropuerto, donde fueron golpeados, antes de ser subidos a la aeronave, escucharon disparos. Luego constataron que no viajó con ellos Dwyer.

En el informe de autopsia en Bolivia no se determinaron las circunstancias de la muerte de Dwyer, por lo que se recurrió al informe de la irlandesa Marie Cassidy. En este señala que “parecería que hubo un disparo frontal y cuatro en su espalda, siendo fatales las lesiones en su espalda. La evidencia sugiere que podrían haberle disparado en el pecho a una distancia de al menos unos pocos metros y que cayó hacia adelante al piso, al ser herido de esta manera. Luego le dispararon cuatro veces en las espalda mientras yacía muerto o agonizante en el suelo”.

Con base en los testimonios de Tóásó y Tadic, la Comisión concluyó que la muerte de “Michael Dwyer resulta atribuible al Estado y constituye una privación arbitraria de la vida”.

Denuncias de tortura

En todo este tiempo, Tadic y Tóásó, en las diferentes audiencias, presentaron denuncias de tortura, pero ninguna de las autoridades jurisdiccionales atendió el pedido, por el contrario continuaron con los obrados.

Ambos acusados se sometieron a un proceso abreviado para aminorar las penas. Antes de esta determinación denunciaron las torturas que sufrieron y que fueron incomunicados en el sector de La Grulla de la cárcel de San Pedro, entre otros detalles.

Respecto a Guedes y Mendoza, señalados como presuntos proveedores de armas y otros artefactos, estuvieron con detención preventiva por más de 10  años, sin haberse probado las acusaciones en su contra.

En el proceso se violaron varios principios

La CIDH en el informe sobre el proceso penal contra Mario Tadic, Elöd Tóásó, Alcides Mendoza y Juan Guedes señala que se incurrió en una serie de violaciones a las garantías judiciales establecidas en la Convención Americana.

En primer lugar, observa el traslado de jurisdicción del proceso, de Santa Cruz a La Paz.

“La Comisión recuerda que el concepto de juez natural es una de las garantías del debido proceso”, por lo tanto, considera que se violó el artículo 8.1 de la Convención.

En segundo lugar, la Comisión cuestiona la excesiva duración de la detención preventiva, pese a que las presuntas víctimas presentaron al menos diez recursos de cesación de detención preventiva, múltiples apelaciones y por lo menos 11 acciones de libertad.

En este caso se evidencia que Tadic y Tóásó estuvieron detenidos preventivamente por casi seis años, en tanto que Guedes y Mendoza por más de 10 años.

En tercer lugar, indica que se violó el principio de presunción de inocencia.

Establece que las presuntas víctimas fueron exhibidas ante los medios de comunicación como autores de los delitos de terrorismo y sedición, cuando aún no habían sido legalmente procesados ni condenados.

También observa la elaboración de spots televisivos, folletos, publicaciones, además de las declaraciones de altas autoridades que los sindicaron de terroristas.

Sin elementos para determinar muerte

La CIDH refiere que no resulta posible establecer con claridad las circunstancias precisas en que ocurrió la muerte de Michael Dwyer.

“Por el contrario, existen indicios que apuntan a que se intentó ocultar y no dejar registro visual del propio operativo. Además, frente al despliegue de uso de la fuerza contra Michael Dwyer, el Estado no acreditó haber atendido al principio de proporcionalidad, puesto que usó medidas extremas y fuerza letal ”.