Inseguridad: Polémica legal por víctimas de atracos que acaban presas
Santa Cruz: El caso de un hombre que baleó a un supuesto ladrón desata el debate. La ley mide el hecho por el tipo de arma, pero otros reclaman por la inseguridad agobiante. Habla un experto en armas
Se declara pacifista, aunque un día tuvo que usar un arma de fuego. Fue en 2003, cuando el empresario Miguel Sifuentes se vio acorralado por delincuentes que robaban un tinglado de su empresa. Los vecinos lo habían alertado de la presencia de antisociales y cuando llegó decidió correr, junto con el sereno que era un anciano, tras del camión en que se llevaban los fierros.
En el camino, Sifuentes intentó pedir auxilio en un teléfono público, dos de los antisociales lo identificaron y trataron de agredirlo, por lo que el empresario sacó el arma que se prestó del sereno e hizo dos disparos. A uno hirió levemente en la cabeza y el otro se llevó la peor parte porque quedó parapléjico. Los otros dos huyeron.
Sifuentes los auxilió y se presentó a la Policía voluntariamente, pero el fiscal consideró que como los delincuentes no tenían armas, él había cometido un abuso, por lo que su caso fue a juicio. El herido leve había estado siete veces preso por diferentes delitos, el otro herido también tenía antecedentes.
El empresario insiste en que actuó en defensa propia y que evitó que se cometa un delito, más allá de los medios que usó.
Sifuentes logró medidas sustitutivas y por más de 10 meses soportó audiencias y trámites hasta ganar el juicio. Con los años, llegó a ser director ejecutivo de la Fundación Jéssica Borda, de lucha contra la inseguridad ciudadana, y hoy lamenta que la Policía y la justicia no funcionen, lo que genera mayor sensación de inseguridad.
Como él, muchas personas se han visto obligadas a hacerles frente a delincuentes. El último caso ha sido el martes 15 de este mes, cuando un hombre tomó el arma de su padre y disparó en la pierna de un supuesto ladrón en el barrio Hilandería.
Luego de dar parte a la Policía fue arrestado al considerar que no hubo proporcionalidad en su defensa como establece el Código Penal, pues el dueño de casa estaba armado y el presunto ladrón no. En la audiencia, una jueza ordenó la detención preventiva del supuesto malhechor y la libertad irrestricta de quien disparó. Su abogado alegó legítima defensa de su inmueble.
¿Quién ampara a la víctima?
El artículo 11 del Código Penal reconoce la defensa de la víctima siempre y cuando hubiese necesidad racional de la defensa y no existiese desproporcionalidad en el medio utilizado.
Sin embargo, este artículo es interpretado de diversas formas por los hombres de leyes. El exjuez Luis Jaime Cruz es tajante y asegura que la proporcionalidad sí o sí debe respetarse y se remite específicamente al tipo de arma o herramienta empleada. “El uso de un arma donde no hay arma es una desproporción. Es cierto que vivimos cansados de la inseguridad, por lo que nos parece injusto no poder defendernos, pero necesitamos vivir regulados por la norma. Si no entendemos la necesidad de ser proporcional en la defensa, luego las cosas se van relajando y al final todo será justificado. La proporcionalidad es un principio universal”, explicó.
A la pregunta de si existe proporcionalidad si una víctima usa un arma de fuego frente a un ladrón que tiene un cuchillo, Cruz responde: “Ya entra algo de proporcionalidad”; y añade que el proceso de investigación es el que tiene la última palabra.
No a la ‘letra muerta’
El jurista Alejandro Colanzi, que llevó casos de víctimas de delincuentes, considera que solo el mal abogado maneja la letra muerta y peor si es juzgador.
“Yo creo que la visión que está manejando la Fiscalía y la Policía está equivocada. Usan el tema de la ‘proporcionalidad’ indebidamente, pues una respuesta proporcional debe ser entendida con relación a la sensación y al escenario de riesgo y de peligro que existe, y eso no se reduce solo al tema del arma, sino a una situación mucho mayor que se vive en el país por la ausencia de institucionalidad”, enfatiza
PUNTO DE VISTA
La valoración que haga el juez es vital
Rolando Fernández – Ex Jefe Policial
Aquí es muy importante la investigación del hecho. Cuando hay desproporcionalidad en la defensa, se incurre en lo que se llama exceso de la legítima defensa, lo que da lugar a otro delito que son las lesiones graves, por el uso de armas de fuego.
La valoración que haga el juez de acuerdo a su juicio y sana crítica es fundamental.
El juez tiene que ver quién es el que está herido, quién es el que disparó, sus perfiles, antecedentes, atenuantes y recién valorar, porque lo que pasó es resultado de circunstancias concomitantes.
A una persona no se le puede exigir que actúe conforme dicen las normas, si de repente actúa influenciado por el miedo y la paranoia de la delincuencia en Santa Cruz.
El juez tiene que ser justo y ver los atenuantes de la persona que ha disparado y ver si el supuesto ladrón es reincidente. Los atenuantes para el que dispara pueden ser: no tener antecedentes penales, trabajar, tener hogar, hijos, etc.
Víctimas versus delincuentes
AGOSTO DE 2003
La ingeniera Marcela Matamoros murió en la puerta de su casa, ubicada en la av. Alemania, después que delincuentes que intentaban robar la llanta de un auto le dispararan cuando ella salió a ver qué pasaba.
NOVIEMBRE DE 2011
Miguel Ángel Márquez, un joven de 18 años que trató de frustrar un atraco en la importadora Fremar a punta de puños, terminó muerto después que uno de los atracadores le dio un tiro en la cabeza. El guardia fue reducido.
ENERO DE 2014
Una joven (17) enfrentó a golpes a tres ladrones que ingresaron a robar en su domicilio en la zona norte. Los hombres armados fueron sorprendidos por ella, quien los agarró a puños y los hizo huir. Para su suerte no dispararon.