El pasado 27 de marzo, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Resolución 68/262, titulada “La integridad territorial de Ucrania”, por 100 votos a favor, 11 en contra y 58 abstenciones, mientras que 24 Estados no participaron de la votación, a la luz del tema: “Prevención de los conflictos armados – Fortalecimiento de la función de mediación en el arreglo pacífico de controversias, la prevención de conflictos y su solución”, puesto que el Consejo de Seguridad no supo pronunciarse sobre esta cuestión al influjo ruso.
Los países más directamente involucrados en la crisis ucraniana, a saber la propia Ucrania, Estados Unidos, Unión Europea y Rusia, se acusan de promover la desestabilización iniciada el 2013 y la destitución inconstitucional del Presidente Yanukovych, electo por vía democrática, con el apoyo de “occidente”, antecedente previo a la conformación de un gobierno interino y la posterior celebración de un referéndum en Crimea que determinó su reunificación a la Federación Rusa, alentados bajo una supuesta intervención militar.
En ese complejo contexto, cabe examinar los puntos de vista de los países latinoamericanos al emitir su voto y confrontarlos con la posición de Bolivia que votó en contra de la mencionada resolución, oponiéndose a la “interrupción de un proceso constitucional y…la defenestración de un Gobierno elegido por los votos” y “sin tomar posición sobre el referéndum realizado en Crimea ni sobre la situación territorial de esa región”[1], lo que por seguir a algunos países del ALBA (Cuba, Nicaragua y Venezuela) se aleja ciega y peligrosamente del principio doctrinal y rector de la política exterior boliviana sobre el respeto irrestricto a la integridad territorial, norma imperativa del derecho internacional y elemento central para la convivencia pacífica de todos los miembros de la comunidad internacional, que el país asume de manera intransigente y coherente con la irrenunciable demanda histórica de nuestra reintegración marítima.
Entre los 12 países de la región que votaron a favor de la resolución están Chile, Colombia, Costa Rica, Honduras, México, Panamá y Perú. Por ejemplo, Chile valoró que la Asamblea General “se haya pronunciado sobre la situación en Ucrania, por estar en juego principios contemplados en la Carta de las Naciones Unidas y en el derecho internacional que afectan la convivencia misma entre los Estados, como es la obligación de abstenerse de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza en contra de la integridad territorial e independencia política de cualquier Estado.” Mientras la posición establecida por el Perú “reafirma la constante posición de respeto y apego a los principios del derecho internacional y a la Carta de las Naciones Unidas. En ese sentido, considera que la solución pacífica de controversias y el respeto de los tratados internacionales son fundamentales para garantizar la paz y la seguridad internacionales.”
Otro grupo de 12 países de América Latina se inclinó por la abstención, entre ellos Argentina, Brasil, Ecuador, Paraguay y Uruguay, fundamentando su posición en que la legalidad internacional debe prevalecer ante cualquier situación particular y que – como explicó Uruguay – “ningún pronunciamiento no ajustado a las normas constitucionales del Estado ucraniano puede tener como consecuencia la alteración de las fronteras internacionalmente reconocidas y, por ende, contravenir el principio de integridad territorial de los Estados.”. O bien – como manifestó Ecuador – en defensa de los principios de integridad territorial y de la libre determinación de los pueblos, así como en condena a la injerencia en los asuntos internos de otros Estados y cualquier forma de intervención, sea incursión armada, agresión, ocupación o bloqueo económico o militar y el no reconocimiento a gobiernos surgidos de ruptura del orden democrático y el rechazo a la propensión de ciertos Poderes a provocar cambios de regímenes mediante el uso o la amenaza del uso de la fuerza.
Cada Estado, al momento de emitir su voto, define su posición en base a una serie de elementos que consideran las circunstancias especiales del pronunciamiento y su consistencia con los principios y fundamentos que rigen y orientan a la comunidad internacional, perfectamente definidos en la Carta de las Naciones Unidas, como en el caso específico del referéndum en Crimea el de la integridad territorial de los Estados, que constituye principio universal y norma imperativa del derecho internacional general que todos los Estados deben respetar en tanto elemento central para la convivencia pacífica entre los miembros de la comunidad internacional y, finalmente, porque en cada Estado deben prevalecer los fundamentos y el eco de su propia historia y la reafirmación en su compromiso con los principios de la paz y el derecho internacional.
Por todo ello, es de lamentar la desacertada postura boliviana en este tema, insuficiente y riesgosa, pues está basada únicamente en el inconstitucional “cambio de régimen” que se produjo en Ucrania, si bien alentado por actos inadecuados de los Estados Unidos y de la Unión Europea y que han producido la fractura de vínculos históricos en esa región y generado tensión y desestabilización entre Rusia y Ucrania, sin resituar esta compleja situación en una suerte de “Guerra Fría renovada”, como parecen entender los pocos países del ALBA que votaron en contra de esta resolución – concretamente 4 – y, como en el caso de Bolivia, porque desestima elementos centrales de su doctrina en política exterior, fundamentalmente el respeto a la integridad territorial y la no adquisición de territorios por la fuerza, conducta condenable desde todo punto de vista, pues se pierde profundidad y razón de ser, en virtud de que los Estados actúan en línea con sus intereses estratégicos y no – como probablemente ha podido ocurrir – en función o influencia del fantasma de golpe de estado que el gobierno de Maduro en Venezuela alimenta y señala “al imperio” para contrarrestar los movimientos sociales en ese país y defender así su formal carácter constitucional.
Como reconoce el propio Embajador Sacha Llorenty en su discurso: “Así, nuestro voto no representa en rigor una adhesión ni una condena a un país en particular, sino una expresión de disconformidad con que los asuntos que afectan a los pueblos puedan ser manipulados por las grandes Potencias…”. En otras palabras, no se toma una posición de principio, apegada a las líneas maestras de la política exterior boliviana, y, por el contrario, se actúa bajo un patrón circunstancial de inconformismo, lo que inclusive puede significar deslealtad con los intereses estratégicos y permanentes que Bolivia debe postular y defender en toda circunstancia en el concierto internacional.
[1] Discurso pronunciado por el Sr. Llorenty Solíz. Documento A/68/PV.80, Acta literal de la 80ª sesión plenaria de la Asamblea General, jueves 27 de marzo de 2014, Naciones Unidas, Nueva York.