Amores que matan, la historia jurídica del año

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Uno de los casos judiciales más controvertidos que se han desarrollado en los medios judiciales de La Paz a partir del año 2006 y que durante este año ha marcado nuevos rumbos en su larga historia, es el que protagonizaron el cruceño-paceño Edgar Gutierrez Mercado (fallecido) y la tarijeña Rita Castrillo Bluske. Este caso es el favorito de este año, porque pone en debate realidades cotidianas: amor o intereses económicos, corrupción, acuerdos monetarios con terceros para obtener dinero de las víctimas y la traición.

 

Edgar Gutierrez Mercado (Chichote) era un próspero y respetado empresario, dueño de la famosa constructora ICA BOLIVIA S.A. Tuvo en su haber la construcción de obras monumentales como el Puente de las Américas, la Avenida Kantutani, el Edificio de Telecomunicaciones, el Palacio de Justicia en Santa Cruz, entre decenas de obras, amén de cientos de kilómetros de carreteras. Padre de cinco hijos y abuelo. Contrajo matrimonio en segundas nupcias con Rita Castrillo un 11 de noviembre del 2005, a la edad de 71 años, mientras ella  tenía 42. Sus antecedentes de fortuna personal lo colocaban en un sitial excepcional, hombre de gran influencia en el entorno del ex presidente Banzer; exembajador  de Bolivia en España; eran muestras de su indudable poderío económico.

 

Los que lo conocieron decían que tenía un carácter fuerte y especial. Edgar Gutierrez vivía solitario en su lujosa mansión de La Rinconada de La Paz. Aquejado por las desgracias de su matrimonio con Castrillo y su salud afectada, murió  el 31 de diciembre de 2013. Las causas de su muerte siguen siendo hasta el día de hoy un misterio, a tal extremo que Rita Castrillo abrió el Caso N. LPZ 1503852 solicitando una exhaustiva investigación por su muerte. Curiosamente, el Ministerio Publico rechazó la causa arguyendo que ella no era la “victima”.  La paradoja es que según el caso N. 11057/06 IANUS: 20060720, Rita intentó victimar a Edgar y ahora acusa a los herederos de Edgar de haber actuado culposamente en el deceso de su padre.

 

Rita Castrillo Bluske, abogada, oriunda de Tarija, se  casó por primera vez muy joven y migró a La Paz, divorciada de Marcelo Ugalde y con tres hijos. En la época de esta historia tenía dos hermanos mayores, los otros habían fallecido. Sus hermanos vivieron en Tarija al cuidado de su madre. Rita dice que el matrimonio con Edgar  “la cautivo” y los sucesos posteriores la mantuvieron en La Paz. Al igual que Edgar cuando se divorcio, ninguno de sus hijos optó por vivir con ella. En el blog ayudemosarita se dice que sus hijos se habrían opuesto al matrimonio pero finalmente ella optó por contraer nupcias con el millonario.

 

La historia de  esta particular conquista la reveló el propio Gutierrez. Él relata que al inicio de su relación sentimental para conocer y visitar a la familia Castrillo, viajó a Tarija, donde conoció a Ana Gloria Duran de Arellano, quien con su familia vivía en una casa obtenida con financiamiento y de carácter social. Agrega Edgar en sus escritos, que conoció a los hermanos de la que fuera su esposa, que vivían en una situación difícil. Él ofreció mejorar la condición de vida de los hermanos y adquirió una casa en la calle Misael Saracho con el propósito de refaccionarla para que allí habitaran los hermanos. Para llevar a cabo la transferencia de la vivienda, Gutierrez encomendó a su futura esposa la compra del inmueble depositando US $ 131,227.09 en su cuenta bancaria. Cuando se producen los hechos que dan lugar a esta historia, Gutierrez descubre que la casa está anotada a nombre de Ana Gloria Duran Arellano (fojas 177-180 del expediente divorcio) cedida en calidad de anticrético a los hermanos de Rita Castrillo.

 

El matrimonio con Edgar, duró escasamente seis meses. Pasado este tiempo él formuló el divorcio por malos tratos y tentativa de asesinato (expediente Juzgado Primero de Partido de Familia). Ella, contrariamente a las pruebas aportadas en el divorcio, sostiene que rompió el vínculo porque se había casado con un depravado que cambió súbitamente de carácter. El malhumor y los insultos eran constantes. “Edgar era presa del alcohol”, manifiesta ella, aunque el historial clínico dice otra cosa. Él sufría de Diabetes Mellitus. Para sustentar la dolencia, Gutierrez presentó pruebas recolectadas y procesadas en laboratorios de EEUU. Declaración jurada de 10 de Julio de 2006 por Ferry Hall M.D., presidente del Toxicology Testing Service, que cubre cuatro informes emitidos por el laboratorio Toxicology Testing Service, conforme autorización del doctor Kenneth Kaplan, relativos a: Insulina Hamplug 5CC, Folio 14; Insulina Lantus 3; Pastillas (Zolpidem); Pastillas (Benzodiazepinas); Informes Médicos de 13 de Julio de 2006, de la Endocrinóloga Diane R. Krieger; Informes Médico del Nefrólogo, Marcos B. Esquenazi, 6 y 13 de Julio de 2006; Monograma Renal de 7 de Octubre de 2006, emitido por William Gana.

 

Edgar Gutierrez plantea en su demanda de divorcio y en la querella criminal del año 2006 (Caso N. 11057/06 IANUS: 200607209) que fue víctima de un atentado contra su vida. La querella especifica que su esposa cambió la prescripción médica alterando  las pastillas (Neuryl y Sucedal)  por otras y modificó el régimen de aplicación de insulina, con el fin de eliminarlo. A consecuencia de este hecho la fiscalía solicitó la detención preventiva de Rita Castrillo por la calidad de la prueba aportada y el juez cautelar del caso dio curso a la misma internando a Castrillo en el Centro de Orientación Femenina COF de Obrajes, el 28 de octubre de 2006. Estuvo detenida hasta  el  6 de marzo del 2010 cuando obtuvo “libertad provisional”.

 

En el juicio radicado en el entonces Tribunal Primero de Sentencia (Caso N. 11057/06 IANUS: 200607209), Edgar Gutierrez Mercado probó las acusaciones contra Rita Castrillo; dieron fe testigos presenciales de los hechos, informes periciales y pruebas documentales. Ella no pudo desvirtuar los cargos, calificándose su conducta en las previsiones del artículo 252 del Código Penal, (Tentativa de Asesinato) que concluyó con sentencia condenatoria imponiéndole la sanción de 20 años de prisión. Contra esta sentencia, la imputada  interpuso recurso de apelación que fue admitida por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, que mediante Auto de Vista 230/2008 declaró improcedentes los fundamentos planteados por la defensa, confirmando la sentencia de condena.

 

Mientras el proceso penal seguía su curso en el Tribunal de Sentencia, surgió en escena un personaje ligado a Rita Castrillo, cuya participación en los hechos posteriores causarían furor y escándalo. Luis López Arana, también oriundo de Tarija, jubilado y auditor financiero, apareció como el principal defensor de la indicada; fungiendo como su apoderado en los estrados judiciales y asistiendo diariamente a la cárcel, según los reportes de los casos penales.

 

Según el cuaderno de investigaciones judiciales, Rita y Luis fueron acusados por Edgar por la explosión de dos sobres bomba que hicieron explosión en las oficinas de la constructora ICA BOLIVIA S.A., ambos dirigidos sospechosamente contra la misma persona. El primer sobre a nombre de Gutierrez (Caso Sobre Bomba I, FIS 6527/08,  IANUS  200819652) explotó ocultó en un “regalo”. El detonante le provocó graves lesiones a Edgar y a su secretaria Rosario Huarin. En un segundo episodio otro sobre (Caso Sobre Bomba II, Fis 7103/09) es interceptado por los empleados de Gutierrez; empero, explota provocando laceraciones a un oficial del Cuerpo de Bomberos. Casi simultáneamente, un tercer sobre bomba detona en las manos de la esposa del dirigente masista, Fidel Surco ocasionándole graves heridas. Hasta el día de hoy no se conoce a los responsables de estos atentados. El Ministerio Publico persigue la investigación criminal sin resultados, mientras Luis y Rita son sobreseídos de la causa por falta de pruebas.

 

Contra el Auto de Vista que confirmó la sentencia condenatoria de 20 años de cárcel para Castrillo, la acusada recurrió en Casación ante la entonces Corte Suprema de Justicia, habiéndose radicado la causa en la Sala Penal Primera del Tribunal Supremo, que dictó el Auto Supremo 305 de 9 de septiembre de 2008 admitiendo el recurso de Casación. Posteriormente, la misma sala dictó el Auto Supremo 404 de 28 de noviembre de 2008, en cuya parte resolutiva “deja sin efecto el Auto de Vista 230 de 14 de marzo de 2008, disponiendo se dicte un nuevo actuado”.

 

Edgar Gutierrez pretendió revertir este hecho recurriendo a acciones de amparo constitucional. Pese a ello, los exmagistrados Teofilo Tarquino y Ángel Irusta mantuvieron la decisión de anular el juicio penal y liberar a Rita. El hecho según cursa en los expedientes fue irregular, por lo que  Gutierrez decidió acusar criminalmente a los ex magistrados ante el Poder Legislativo, causa que recién este año (2016) fue radicada para su procesamiento.

 

A decir por la defensa de Gutierrez los exministros de la Corte Suprema de Justicia cometieron prevaricato y resoluciones contrarias a la Constitución Política del Estado CPE al dictar el Auto de Admisión del Recurso de Casación, cuando este no cumplía con los requisitos de Ley; los exmagistrados admiten sentencias constitucionales en inobservancia del artículo 416 del CPP que determina que son precedentes únicamente los Autos de Vista dictados por la Corte Suprema de Justicia y los de las Cortes Superiores, no así las sentencias constitucionales. La batalla de los amparos constitucionales, concluye imponiéndose la decisión de los extribunos mediante el Auto Supremo 434 que dispone dejar sin efecto el Auto de Vista 230/2008 y disponen se anule el juicio para volverse a sustanciar otro y vuelva a fojas cero.

 

La causa toma un nuevo giro: la demanda por Tentativa de Asesinato se extingue por el fallecimiento de Edgar Gutierrez; y, por último, los herederos de Gutierrez abandonan el juicio dejando la demanda por tentativa de asesinato en la impunidad. Paralelamente, caen los casos Sobres Bomba I y II. También se desploma el juicio por falsificación de poderes (Caso IANUS 200705197) que sigue Edgar contra Rita, quien es absuelta de estas sindicaciones.

Reposicionados por los acontecimientos en la justicia, la pareja Castrillo y López inician un juicio criminal contra Edgar Gutierrez por acusación y denuncia falsa en el caso de los Sobres Bomba I y II, desatándose la primera vendetta judicial. Revisado el expediente se tiene que los abogados de Gutierrez, arguyen la insania mental del enfermo, pero poco convencida de este argumento, Castrillo solicita una pericia para comprobar ese extremo. El episodio concluye de mala forma porque uno de los hijos de Gutierrez golpea feamente a Castrillo (Caso 11028/2013). Este episodio fue rechazado por el Ministerio Público, a pesar de la contundente demostración probatoria presentada por la exesposa.

 

A la muerte de Gutierrez, Rita Castrillo, pide una investigación por el supuesto homicidio culposo en que habrían incurrido los hijos de Gutierrez y los responsables de su atención en su lecho de  enfermo (Caso LPZ 1503852). En la misma estrategia jurídica Rita Castrillo inicia otros casos criminales contra los herederos de Edgar Gutierrez (Caso 660/15 y Caso 1808/13 IANUS: 201359302).

Después de que Rita recupera su libertad, termina su relación con Luis López e inmediatamente presenta una demanda de resarcimiento de daños y perjuicios contra los herederos de Gutierrez; en la demanda radicada en el Juzgado Publico Civil y Comercial Segundo, ella pide una astronómica suma de dinero como resarcimiento a los daños y perjuicios ocasionados por Gutiérrez. El caso vuelve a tomar un curso sorpresivo cuando López, relaciona en el juicio civil un documento por el cual reclama que Rita Castrillo le había comprometido beneficiarse con el 50% de todas las ganancias que podrían obtener de los juicios. Ella aduce que es un documento sin efecto y sin valor. Sin embargo, la disputa económica entre ambos continúa.

El futuro de esta apasionante historia seguirá en una cadena de acontecimientos. El juicio civil resarcitorio con el que Castrillo pretende que los herederos de Edgar le paguen, se encuentra en decisión de ingresar a su fase probatoria, Rita tendrá que demostrar cómo pretende reclamar la sucesión de Edgar Gutierrez cuando un primer juicio la condenó a 20 años de cárcel, el mismo que solamente fue anulado y podría recomenzar. Se prevé un vuelco radical en la historia a raíz de las revelaciones de López y, sobre todo, porque aun queda un pronunciamiento final sobre la conducta de los ex magistrados Tarquino e Irusta a raíz del cual Rita Castrillo eludió la sentencia condenatoria.

 

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