Gobierno abroga los decretos que permitían exportar alimentos

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Foto: APG

 

El ministro de Economía, Marcelo Montenegro, informó ayer que se abrogaron los decretos 4139 y 4181, que permitían a libre exportación de alimentos.

“Se ha abrogado el Decreto Supremo 4139, que liberaba las exportaciones dejando sin efecto el certificado de abastecimiento interno y precio justo”, dijo.

Montenegro explicó que esas normas iban en contra de la política social comunitaria, que “siempre ha privilegiado el mantenimiento de la seguridad alimentaria”.

Por su parte, el gerente de la Asociación de Productores de Oleaginosas y Trigo (Anapo), Jaime Hernández, manifestó el rechazo a cualquier medida que vaya en contra de la libre exportación de granos, puesto que genera un desincentivo a la producción.

Hernández dijo que los productores de soya se verán afectados en su capacidad de negociación con las industrias, ya que no podrán acceder al precio de oportunidad de exportación n.

Por otro lado, Montenegro también informó que quedan derogados los decretos 4272, del 4198 al 4211, el 4298 y artículos específicos del 4339. Explicó que se busca desmontar normas no bien fundamentadas, sin recursos y con errores en su implementación.

El Gobierno considera que los decretos estaban direccionados hacia un modelo económico neoliberal. Los nuevos DS 4416 y 4417 publicados ayer en la Gaceta oficial del Estado establecen la medida.

Montenegro, informó que los decretos supremos abrogados son el 4272, 4198, 4211, 4298, 4139, 4181, y se derogaron artículos específicos del 4339 y, en compensación, se emitieron dos nuevos decretos con la finalidad normalizar y tener un orden legal en la aplicación de próximas normas.

Montenegro señaló que se abrogó el Decreto Supremo (DS) 4272 porque mantenía un conjunto de políticas y medidas orientadas a ajustes administrativos de disciplina fiscal en el sector público a efectos de la pandemia del coronavirus (Covid-19) y no tenía recursos económicos disponibles para su ejecución. El referido DS planteaba el plan nacional de reactivación del empleo.

Urgencia por coronavirus

El ministro de Economía. Marcelo Montenegro, explicó que también se abrogaron los DS 4198,4211 y 4298 ya que establecían una serie de medidas tributarias basadas en la urgencia y temporalidad del brote del coronavirus y que le significaban al erario nacional un sacrificio fiscal muy grande. El DS 4198 planteaba “medidas tributarias de urgencia y temporales”, en relación al Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE), el IVA y el IT.

“Por ejemplo, el diferimiento del IUE, aplicado para los conceptos de acreditación de la IUE por el pago del IT, reduciendo el IVA, por 113 millones, a la fecha se estima que ya nos ha generado un sacrificio fiscal de Bs 160 millones al mes de noviembre”.

 

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