Perú aprueba ley para buscar y exhumar a sus 15.700 desaparecidos

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Foto: J . Fowks / El País

Samuel Fernández Gómez ha pasado 25 años escribiendo libros -inéditos- y estatutos para comunidades campesinas en recuerdo de su hijo desaparecido en 1990, tras ser secuestrado por militares, cuando estudiaba agronomía en la Universidad Nacional del Centro. “Soy un desconocido, pero encontré esa solución para hacer algo en homenaje a mi hijo”, relata uno de los familiares delos 15.731 desaparecidos en Perú, según estadísticas del Instituto Médico Legal. El jueves el Congreso aprobó una ley de búsqueda de personas desaparecidas durante el período de violencia 1980-2000 que habilita a la Fiscalía a exhumar e identificar restos con el fin de devolverlos a los familiares, sin necesidad de una denuncia penal previa.

“La norma crea una oficina en el Ministerio de Justicia que permite una vía distinta para las exhumaciones, una política más proactiva de búsqueda de los desaparecidos que no dependa de una denuncia de carácter judicial, sino que el Estado busque de oficio”, explica a EL PAÍS Rafael Barrantes, antropólogo de la oficina del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) en Perú.

Según la Comisedh, una asociación civil con más de 30 años en la defensa de los derechos humanos, hay más de 6.462 sitios de entierro en el país, a consecuencia de las acciones de violencia del grupo terrorista Sendero Luminoso, las fuerzas armadas -en la lucha contrasubversiva-, y las rondas o comités de autodefensa.

El 80% de los casos de investigaciones fiscales han sido archivadas (cerradas) por el ministerio público. Esto se debe a que la autoridad ministerial no ha identificado al autor del delito y por ello no ordena diligencias de exhumación,indicó en el debate de la ley la congresista Marisol Pérez Tello.

La ley, aprobada con 68 votos, dispone la elaboración de un registro oficial de personas desaparecidas y de sitios de entierro, y un plan para buscarlas. La cifra del Instituto Médico Legal es referencial, por ello el registro debe depurar y centralizar otros registros y fichas ante-mortem realizadas, por ejemplo, por el Equipo Peruano de Antropología Forense, perito independiente.

Pérez Tello refirió además que el Instituto Médico Legal, perteneciente al ministerio público, solo cuenta con 20 forenses que resultan insuficientes para la búsqueda.

“La aplicación de la ley debería suponer mayor inversión, mayor presupuesto, y estrategias distintas de buscar información”, añadió Barrantes. “Por ejemplo, en Guatemala, quienes tienen información sobre una fosa o un desaparecido, van a una asociación local de víctimas, y les preguntan si quieren que su testimonio sea compartido con la Fiscalía”.

Según el especialista de Cruz Roja, “con la ley, una oficina del Ministerio de Justicia organiza y programa la búsqueda, en coordinación con el Ministerio Público”.

La Defensoría del Pueblo, que presentó el proyecto de ley al Congreso, sostiene que hay prevalencia de trastornos psiquiátricos, depresión y ansiedad entre los parientes con familiar desaparecido o fallecido durante los años de violencia. Por ello la norma señala que el Estado debe ofrecer acompañamiento psicosocial y apoyo material y logístico a los familiares de desaparecidos que asistan a las exhumaciones.

El informe final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación reportó en 2003 que más del 70% de víctimas de la violencia fueron quechua-hablantes, y la mayoría pobres, con nulo acceso al sistema de justicia.

 

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