Qué es el instrumento anticoerción con el que Europa quiere responder a los aranceles de Trump

Descifrando la Guerra
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Foto: Reuters

Los líderes europeos se reunirán el jueves 22 de enero en una cumbre de emergencia en Bruselas para decidir una respuesta conjunta a los aranceles impuestos por la administración de Donald Trump.

Tras el anuncio de Donald Trump de imponer aranceles a varios países europeos por enviar tropas a Groenlandia después de las constantes amenazas de anexión por parte de Estados Unidos, varios líderes europeos han defendido emplear el instrumento anticoerción económica, también conocido como “bazuca” comercial. Así lo ha hecho Francia, cuya oficina presidencial ha anunciado que solicitará su activación.

En esta misma línea, el ministro de Finanzas alemán, Lars Klingbeil, en una declaración conjunta con su homólogo francés afirmó que “existe un conjunto de herramientas legalmente establecidas que pueden responder al chantaje económico con medidas sensibles”, haciendo referencia a la “bazuca” comercial de la Unión Europea.

Desde Bruselas, varios eurodiputados también plantearon la posibilidad de llegar a este punto. Karin Karlsboro, del grupo Renovar Europa, declaró a POLITICO que no habría que descartar el uso del “bazuca” si continúa la presión estadounidense.

Valérie Hayer, también eurodiputada y líder de Renovar Europa, afirmó en su cuenta de X que había que considerar la activación del instrumento anticoerción, ya que “fue diseñado precisamente para situaciones de intimidación económica de esta naturaleza”.

Otros eurodiputados, como Bernd Lange y Kathleen Van Brempt, del Grupo de la Alianza Progresista de Socialistas y Demócratas del Parlamento Europeo, también afirmaron que el recurso de este instrumento serviría para responder a los aranceles de Trump en este contexto. Pero, ¿en qué consiste exactamente?

Qué es el instrumento anticoerción

Esta herramienta, propuesta en 2021, se aprobó en noviembre de 2023 con el Reglamento (UE) 2023/2675 del Parlamento Europeo y del Consejo Europeo. Establece un marco para la actuación de la Unión Europea en casos de coerción económica dirigida contra el bloque o uno de sus Estados miembro.

Este marco recoge una serie de normas y procedimientos para disuadir la coerción económica o conseguir su cese, al tiempo que permite a Bruselas contrarrestarla mediante la adopción de determinadas estrategias de respuesta.

Esta ley considera que existe coerción económica en los siguientes casos: “Cuando un tercer país aplica o amenaza con aplicar una medida que afecta al comercio o a la inversión con el fin de impedir o conseguir el cese, la modificación o la adopción de un acto concreto por parte de la Unión o de un Estado miembro, interfiriendo así en las decisiones soberanas legítimas de la Unión o de un Estado miembro”.

El instrumento anticoerción establece que, si la Comisión Europea determina que un país ejerce coerción económica contra el club comunitario, se abrirán consultas con ese país para que cese dichas medidas y, si procede, repare los perjuicios causados. Durante este proceso, la Comisión podrá entablar negociaciones directas, someter el caso a un tribunal internacional o recurrir a la mediación de un tercero.

Si estas vías fallan o si se ven amenazados los intereses y derechos de la Unión o alguno de los Estados miembro, la Comisión puede adoptar las siguientes medidas de respuesta:

  • Imponer o aumentar aranceles.
  • Restringir las importaciones o exportaciones de bienes.
  • Imponer medidas que afecten al tránsito o al tratamiento interno de bienes.
  • Aplicar medidas en contratación pública.
  • Aplicar medidas que afecten al comercio de servicios.
  • Imponer restricciones al acceso de inversión extranjera directa.
  • Imponer restricciones relacionadas con la propiedad intelectual.
  • Imponer restricciones en actividades financieras.
  • Imponer restricciones para la comercialización de bienes regulados por la legislación química de la Unión Europea.
  • Imponer restricciones para la comercialización de bienes sujetos a normas sanitarias y fitosanitarias.

Reunión de emergencia en Bruselas

Los líderes europeos se reunirán el jueves 22 de enero en una cumbre de emergencia en Bruselas para decidir una respuesta conjunta a los aranceles impuestos por la administración de Donald Trump.

Además de la activación del instrumento anticoerción, se barajan otras posibilidades, como la introducción de un paquete de aranceles a importaciones estadounidenses por un valor de 93.000 millones de euros. Este paquete podría entrar en vigor automáticamente el 6 de febrero si no se prorroga su suspensión.

No obstante, es difícil pensar que finalmente se active la “bazuca” comercial. A pesar de los reclamos por parte de algunos líderes y del Parlamento Europeo, la decisión corresponde la Comisión Europea, cuya presidenta, Ursula Von der Leyen, ha mantenido una postura mucho más comedida, advirtiendo del riesgo de una espiral descendente en la relación transatlántica que podría ser aprovechada por Rusia o China.

Además, requeriría una mayoría cualificada de países de la Unión, lo que podría complicar su activación por las divisiones que existen en el seno del bloque comunitario respecto a cómo posicionarse frente a Washington.

Por último, conviene destacar que, hasta la fecha, esta medida no se ha utilizado nunca. La Comisión la reserva como último recurso, y su activación supondría un punto de inflexión en la política exterior de la Unión Europea y en su relación con Estados Unidos.


"La realidad no ha desaparecido, se ha convertido en un reflejo"

Jianwei Xun
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