El código suma 12 nuevos derechos para los menores
La Asamblea postergó su aprobación para 2014. Su aplicación será desde el 6 de agosto del próximo año. Algunas instituciones critican su poca participación en la elaboración de la norma
El nuevo Código del Niño, Niña y Adolescente, que está en debate en la Asamblea Legislativa Plurinacional, contiene 12 nuevos derechos del menor, adecuando el Código vigente a la Constitución Política del Estado y a las normas internacionales.
El nuevo código involucrará al 46% de la población, porque, según el Instituto Nacional de Estadísticas, en Bolivia hay más de 4,1 millones de menores. Uno de los aspectos importantes es que la norma prevé la asignación de recursos suficientes para su aplicabilidad.
La actual ley, que data de 1999, establece 25 derechos de los niños, niñas y adolescentes, distribuidos en sus 319 artículos, entre los que se destacan el derecho a la vida, a la salud, a tener una familia, una nacionalidad, identidad, libertad, respeto, dignidad, educación, acceso a la cultura, al esparcimiento y a la protección en el trabajo.
El proyecto, aprobado la semana pasada en la Cámara de Diputados, advierte que el menor asume sus derechos desde el primer segundo de la concepción. Además, plantea otros escenarios, como tener un nivel de vida adecuado, a la salud sexual y reproductiva, a la atención médica de emergencia, a vivir en un medio ambiente sano y acceso al agua con calidad y a conocer a sus padres.
También concede derecho a mantener relaciones personales y contacto directo con los progenitores, a participar, opinar, hacer peticiones, a la integridad personal, al buen trato, a ser protegidos contra la violencia sexual y tener acceso a la salud.
Aplicación
En el detalle de cada uno de los derechos establecidos, la norma señala que los menores no pueda ser encarcelados como personas adultas, pretende erradicar el trabajo infantil en cinco años, exige la aplicación de políticas públicas para el sector y la realización de censos específicos para determinar la cantidad de niños de la calle o con vicios.
Javier Zavaleta, uno de los diputados del MAS proyectista del código, destaca también que la norma prohíbe toda forma de explotación infantil, identifica los tipos de violencia sexual para la administración de justicia, actualiza el significado del infanticidio, los niños son sujetos de derechos desde la concepción y mejora la protección de su integridad en colegios.
Paradójicamente, el miércoles un grupo de niños fue reprimido por la Policía, en La Paz, mientras reclamaba por incorporar sus derechos en el código.
Poca participación
Si bien algunas instituciones lo consideran un paso importante, dicen que no se han logrado escuchar las necesidades de los propios actores para mejorar la redacción del código.
“Hemos aportado bastante en este tema, pero ha faltado más participación de la comunidad. Muchas veces ha estado demasiado mediatizado por gente que tiene otros intereses, pero que no da lugar a la participación de los propios menores. Se sigue todavía en la lógica antigua del ‘adultocentrismo’. Es decir, que los adultos seguimos pensando para los niños”, dijo el defensor del Pueblo, Rolando Villena.
Griselda Sillerico, delegada adjunta de Programas y Actualizaciones Especiales de la Defensoría, coincide en que hay avances muy importantes, pero que debe haber consensos entre organizaciones y la Asamblea
ARTÍCULOS DEL CÓDIGO
Algunos temas importantes
1 Son sujetos de derechos del Código los niños desde la concepción hasta los 12 años cumplidos y adolescentes desde los 12 años hasta los 18 años cumplidos.
2 El proyecto del código establece que la entidad pública cabeza de sector en materia de niñez y adolescencia es el Ministerio de Justicia.
3 El Estado, en su nivel central, formulará el programa de la niñez y la adolescencia y asignará los recursos suficientes para que se respeten sus derechos.
4 Se prohíbe la adopción de seres humanos por nacer y solicitantes predeterminados.
5 El Registro Civil, al momento de la inscripción de los niños, podrá orientar para asignar nombres que no sean motivo de discriminación.
6 La disciplina escolar debe ser administrada respetando los derechos y garantías de los menores. Se prohíbe discriminar en la etapa escolar.