La Haya dice que el Silala es río internacional

Los Tiempos
0
703
CIJ Silala
Foto: Captura CIJ

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya no se pronunció sobre la naturaleza de las aguas del Silala, debido a que Bolivia, en los alegatos orales del proceso, aceptó que se trataba de un curso de agua internacional, el núcleo de la pretensión chilena, por lo que esa admisión llevó a un nuevo fracaso en estrados internacionales al país.

“Durante el juicio oral, Bolivia reconoció (…) que las aguas del Silala, incluidas aquellas partes que están artificialmente mejoradas, como un curso de agua internacional. Bolivia ahora también reconoce que el derecho consuetudinario, el derecho internacional aplicable a los usos de los cursos de agua internacionales para fines distintos de la navegación se aplica a la totalidad de las aguas”, refiere parte del análisis de tribunal internacional.

En ese contexto, el alto tribunal en su fallo expone que “dado que las partes acuerdan con respecto al estatus legal del sistema del río Silala como un curso de agua internacional y sobre la aplicabilidad del derecho internacional consuetudinario, usos distintos de la navegación de los cursos de agua internacionales a todas las aguas del Silala, la Corte concluye que el reclamo hecho por Chile en su alegato final ya no tiene objeto y que, por lo tanto, el tribunal no está llamado a pronunciarse al respecto”, refiere.

En su petitorio, Chile pide a la CIJ que “el sistema del río Silala, junto con las partes subterráneas de su sistema, es un curso de agua internacional, cuyo uso se rige por normas internacionales consuetudinarias”.

El exdiplomático Jaime Aparicio indicó que la “sentencia CIJ afirma que en la evolución del proceso ha desaparecido el objeto de la demanda debido al reconocimiento de Bolivia de que el Silala es un curso de agua internacional. La CIJ desestima cuestiones hipotéticas como la de ‘aguas artificiales’”.

Uso de las aguas

Otro aspecto sobre el que no se pronunció la Corte es el referido al uso de las aguas.

Bolivia, en su contramemoria, alegó que, según el principio de igualdad y equidad, la utilización sólo se aplica a las partes de “flujo natural” de las aguas de Silala y que los caudales artificiales dependen del consentimiento de Bolivia para que Chile los use.

“En el transcurso del procedimiento se hizo evidente que las ‘partes’ están de acuerdo en que el principio de la utilización equitativa y razonable se aplica a la totalidad de las aguas del Silala, independientemente de su carácter ‘natural’ o ‘artificial’”.

De igual manera se dejó establecida que no requiere que la Corte se pronuncie por la “obligación de prevenir daños transfronterizos al flujo aumentado artificialmente”, toda vez que los estados llegaron a un acuerdo.

“La Corte concluye que las partes, en el curso del procedimiento, llegaron a un acuerdo sobre el fondo de la presentación de Chile. En consecuencia, la Corte concluye que el reclamo hecho por Chile en su alegato final ya no tiene objeto y que, por lo tanto, el Tribunal no está llamado a pronunciarse al respecto”.

El petitorio de Chile en el inciso (d) señala que “Bolivia tiene la obligación de tomar todas las medidas apropiadas para prevenir y controlar contaminación y otras formas de daño a Chile resultantes de sus actividades en la vecindad del río Silala”.

Rechazo

Pero el alto tribunal sí se pronunció sobre si Bolivia habría incumplido o no en notificar a Chile con respecto a actividades que puedan afectar el flujo del Silala.

La Corte de La Haya, luego de una serie de evaluaciones y análisis rechazó este extremo: “Considera que Bolivia no ha incumplido la obligación de notificar y consulta que le incumbe en virtud del derecho internacional consuetudinario”.

Contrademandas

Por otra parte, la Corte, al igual que las peticiones de Chile, no se pronunció en el fondo de los temas, debido a que durante el proceso las partes llegaron a coincidencias.

La primera reconvención planteada por Bolivia fue sobre la soberanía de los cauces artificiales, mecanismos de drenaje y el derecho a decidir si los mantiene o no.

Según el fallo, Chile siempre reconoció la soberanía sobre los canales ubicados en su territorio, por lo que no impugna el derecho de Bolivia a desmantelarlos.

Asimismo, se refiere que este extremo debe ejercerse de conformidad con las normas aplicables de derecho internacional consuetudinario.

Además, que las partes acuerdan que las reglas aplicables al Silala, en particular, el derecho a la utilización equitativa y razonable por parte de los Estados ribereños, es pare del ejercicio de la debida diligencia para evitar causar daños significativos a otros Estados.

Pero, en caso de surgir puntos divergentes entre las partes, “la Corte considera que Bolivia puede invocar la aceptación de Chile del derecho de Bolivia a desmantelar los canales”.

Cauce artificial

Bolivia pidió a la Corte que fallara y declarara que tiene soberanía sobre el “cauce artificial de las aguas del Silala, diseñado, mejorado”.

En el análisis, el Tribunal señala que “Bolivia ya no disputa la naturaleza del Silala como curso de agua internacional y ahora reconoce que el derecho internacional consuetudinario se aplica a la totalidad de sus aguas, además observa que Bolivia ya no alega, como lo hizo en sus escritos, que tiene derecho a determinar las condiciones y modalidades para la entrega de las aguas de ‘flujo artificial’ del Silala y que cualquier uso de dichas aguas por parte de Chile está sujeto al consentimiento de Bolivia”.

“Bolivia ahora argumenta que Chile pueda continuar beneficiándose de manera equitativa y razonable del flujo resultante de la instalación y canalizaciones de los manantiales de Silala, siempre que continúe el caudal, lo que ahora busca en esta reconvención es una declaración de que Chile no tiene un ‘derecho adquirido’ al mantenimiento de la situación actual, y que el derecho de Chile al aprovechamiento equitativo y razonable del caudal superficial generado por los cauces no es un ‘derecho de futuro’ que le permita oponerse al desmantelamiento”, indica el documento.

En este aspecto, la Corte falla que “Chile ha establecido claramente, en primer lugar, que no está reclamando tal derecho adquirido y, segundo, que reconoce que Bolivia tiene un derecho soberano derecho a desmantelar la infraestructura y que la reducción resultante en el caudal de las aguas del Silala a Chile no constituiría en sí mismo una violación por parte de Bolivia de sus obligaciones bajo derecho internacional consuetudinario. En consecuencia, la Corte concluye que ya no existe ningún desacuerdo entre las partes sobre este punto”.

La tercera reconvención hace referencia a la “supuesta necesidad de celebrar un acuerdo para cualquier entrega futura a Chile del flujo mejorado del Silala”.

Se explica que Bolivia argumenta que, en tal caso, las condiciones y modalidades para mantener en funcionamiento los canales y mantener el flujo de corriente, y la compensación debida a Bolivia por hacerlo, tendrían que ser objeto de un acuerdo negociado entre los dos Estados”.

Bolivia fracasa por segunda vez

El analista Andrés Guzmán Escobari apuntó al expresidente Evo Morales como el responsable de las dos derrotas que tuvo Bolivia ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ). El 1 de octubre de 2018, con 12 votos contra tres de los magistrados, determinó que Chile no tiene la obligación de negociar un acceso soberano al mar para Bolivia.

Cuatro años después, la misma Corte trató la controversia por el Silala, pero decidió no pronunciarse sobre el litigio, porque ambos países acordaron que es un río internacional y no así un manantial.

En seis de los ocho puntos en discusión hubo coincidencias que frenaron la necesidad de un pronunciamiento

“La primera (la demanda marítima) fue una derrota incuestionable, pero ésta es una situación peor y puede también ser considerada una derrota”, declaró a Urgente.bo.

Además, Bolivia no declara que en este procedimiento deba compensar por los usos del pasado de las aguas del Silala.

Mesa y Rodríguez Veltzé critican política externa

Tras la lectura del fallo por el litigio iniciado por Chile por las aguas del Silala ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya, el expresidente Carlos Mesa cuestionó la política exterior boliviana, mientras que el exmandatario Eduardo Rodríguez Veltzé advirtió que hay que mejorar las políticas sobre recursos hídricos transfronterizos.

Mesa escribió en Twitter: “La decisión de la CIJ sobre el Silala muestra la debilidad de la política exterior boliviana y devela la improvisación, irresponsabilidad y sobre todo opacidad por parte del Estado en un tema tan importante. El gobierno del MAS debe una explicación clara y urgente al país”.

Rodríguez,en la misma red, escribió: “CIJ reconoce coincidencias en aplicación del Derecho Internacional, estudios científicos y alienta acuerdos. Ni ganadores ni vencidos, a mejorar políticas sobre recursos hídricos transfronterizos”.