Gobierno penaliza la desinformación en medios impresos y artísticos

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Foto: Reuters

La presidenta Jeanine Añez promulgó el 7 de mayo el Decreto Supremo (DS) 4231 que modifica dos parágrafos de los decretos 4119 y 4200 y con el actual cambio sanciona penalmente la difusión de la información “escrita, impresa y/o artística” que genere “incertidumbre en la población”.

La norma modificatoria se ampara en la  declaratoria  de  emergencia  sanitaria  y cuarentena nacional  para prevenir el  contagio  y la propagación  del  coronavirus en Bolivia y cita el artículo 18 de la Constitución Política del Estado que dice que todas las personas tienen derecho a la salud.

La reforma a ambos decretos está en la disposición adicional única del DS 4231:

“Se modifican el Parágrafo II del Artículo 7 del Decreto Supremo N° 4199, de 21 de marzo de 2020; y el Parágrafo II del Artículo 13 del Decreto Supremo N° 4200, de 25 de marzo de 2020, con el siguiente texto:

II. Las personas que inciten el incumplimiento del presente Decreto Supremo o difundan información de cualquier índole, sea en forma escrita, impresa, artística y/o por cualquier otro procedimiento que pongan en riesgo o afecten a la salud pública, generando incertidumbre en la población, serán pasibles a denuncias por la comisión de delitos tipificados en el Código Penal”, se lee en el texto.

Ambos parágrafos en los decretos 4199 y 4200 tenían el siguiente texto:

“II. Las personas que inciten el incumplimiento del presente Decreto Supremo o desinformen o generen incertidumbre a la población, serán sujeto de denuncia penal por la comisión de delitos contra la salud pública”.

A pesar que el gobierno aprobó el DS 4231 el 7 de mayo, el Gobierno lo hizo público este domingo 10 de mayo, fecha en que se conmemora en nuestro país el Día del Periodista boliviano.

Preocupación en los periodistas

El Decreto modificatorio, causó alarma en varios periodistas quienes a través de las redes sociales y preocupación porque amenaza a la libertad de expresión e información instituidas como Derechos Fundamentales en la Constitución Política del Estado.

“No solo preocupa, es riesgoso. Qué es eso de que “las personas que inciten el incumplimiento del DS o difundan información de cualquier índole, sea en forma escrita, impresa, artística (…), que pongan en riesgo la salud, generando incertidumbre…serán pasibles a denuncias”, escribió en su cuenta de Twitter la periodista Nancy Vacaflor.

El expresidente de la Asociación de Periodistas de La Paz, Antonio Vargas, plantea como una alternativa articular la regulación prevista en el parágrafo II del artículo 103 de la CPE, que obliga a los emisores de contenido difundido a través de los medios de comunicación, a los principios de veracidad y responsabilidad, dejando la regulación en manos de dos actores: los órganos de autorregulación de los periodistas y los jurados de imprenta, según dijo en una entrevista con Erbol.