El papa Francisco levanta el secreto pontificio para casos de pederastia
El papa Francisco, en el día de su 83 cumpleaños, ha promulgado dos nuevas leyes que, entre otras cosas, levantarán el secreto pontificio -el que viene impuesto por el Pontífice en asuntos e investigaciones de particular gravedad- en los casos de abusos a menores por representantes de la Iglesia. La nueva norma se propone terminar con la ley del silencio que tantos años ha rodeado los casos de abusos y agilizará la tramitación de las denuncias y su posible traspaso a las autoridades civiles, en caso de que el país donde se hayan producido obligue a ello, tal y como sucede ya en Estados Unidos. La ley, conocida como motu proprio, no afecta al secreto de confesión, que sigue completamente vigente también para este tipo de delitos.
La norma, que entrará en vigor inmediatamente, también subraya que existirá el deber general de cooperar con la justicia cuando haya mandatos ejecutivos. Es decir, se terminó esconder las miserias con la escusa del “secreto pontificio” y las diócesis de cada país deberán proporcionar toda la documentación sobre los procesos y denuncias en curso que posean y que solicite la autoridad judicial. Algo que ya se había señalado con anterioridad, pero viene reforzado con esta ley. Andrea Tornielli, director editorial de la Santa Sede, lo resume así: “Los documentos no serán de dominio público pero, por ejemplo, se facilitará la posibilidad de una colaboración más concreta con el Estado, en el sentido de que la diócesis que tiene una documentación determinada ya no está ligada al secreto pontificio y puede decidir -como debe hacer- colaborar transmitiendo copia de la documentación también a la autoridad civil”.
La nueva norma es un paso más en la apertura del actual pontificado al problema de los abusos a menores y uno de los aspectos que se reclamó en la cumbre dedicada al asunto en febrero. Además, va acompañada de la prohibición de imponer a las denuncias de las víctimas una obligación de silencio. Una idea que se retoma de una ley anterior, pero que aquí se subraya de nuevo. Otra de las novedades al levantar el secreto pontificio que el Vaticano todavía no ha explicado es el grado de acceso que tendrán las víctimas a la documentación de su caso. Hasta ahora, una vez concluidos los procesos administrativos, se encontraban ante un muro informativo y ni siquiera podían tener su sentencia físicamente. La nueva norma debería facilitar la posibilidad de revisar el archivo del caso, según ha confirmado el secretario adjunto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, Charles Scicluna.
Las víctimas celebran la decisión y creen que supondrá un punto de inflexión en el tratamiento y seguimiento de sus casos. El chileno Juan Carlos Cruz, una de las personas abusadas por el obispo Fernando Karadima, recuerda que “se venía pidiendo hace muchos años porque permitía que obispos y cardenales se escudaran detrás de esto para esconder crímenes espantosos”. “La iglesia chilena es un modelo de cómo hacer mal las cosas. Muchos obispos deberían estar en la cárcel, pero siento que se les acabó el carnaval de la oscuridad y ahora tiuenen que colaborar con la justicia, entregar los documentos y dejar de escudarse tras esta pared del secretismo”.
Los canonistas consideran que el paso dado por el Papa para suprimir una norma cuya regulación se remonta a 1974 -antes se llamaba secreto del Santo Oficio- es de una gran relevancia para el avance hacia la transparencia que reclaman las víctimas. Davide Cito, profesor de la Universidad de la Santa Croce en Roma, cree que permitirá que “estado e Iglesia colaboren en la búsqueda de la verdad en casos fundamentales”. “En la práctica habrá que ver cómo se adaptará en cada país. Habrá que acordarlo y articularlo. Pero ya no se podrá decir eso de, ‘esto no lo puedes ver poruqe hay secreto pontificio’. Eso no significia que todo sea de dominio público, porque el secreto deberá seguir siendo un instrumento para proteger para la honorabilidad, pero no para encubrir”.
La ley establece también que “no puede imponerse ningún vínculo de silencio con respecto a los hechos encausados ni al denunciante, ni a la persona que afirma haber sido perjudicada, ni a los testigos”. Una novedad que también busca resquebrajar la omertà alrededor de este asunto. “Esta instrucción quiere precisar el grado de reserva con la que deben ser gestionadas las noticias o denuncias concernientes a abusos sexuales por parte de clérigos o personas consagradas contra menores u otros sujetos determinados, y a aquellas eventuales conductas que tendiesen a silenciarlos o cubrirlos”, ha señalado el secretario del Pontificio Consejo para los Textos legislativos y uno de los responsables de esta nueva norma.
En el segundo motu proprio promulgado por el Papa se abre también la posibilidad de que los letrados en procesos canónicos sean civiles. Además, se eleva formalmente a 18 años la edad mínima para que la pornografía no sea considerada infantil (antes eran 14 años).