Asuss ratifica al Covid-19 como accidente laboral

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Foto: FUAD LANDÍVAR/ El Deber

Ante los reclamos del sector privado, la Autoridad de Supervisión de la Seguridad Social de Corto Plazo (Asuss) aclaró que, al declararse el coronavirus como un accidente laboral, serán las cajas de salud las que se hagan cargo de las prestaciones de corto plazo y de producirse la muerte por Covid-19 de algún trabajador serán las administradoras de fondos de pensiones a largo plazo (AFP) las que se hagan cargo del pago de 24 salarios, siempre y cuando las empresas tengan asegurados a los trabajadores. La AFP corre con el seguro y sus derecho habientes, quienes cobrarán las pensiones de viudedad o de orfandad.

Así lo expresó el director general ejecutivo de la Asuss, Ramiro Alejandro Reyes, después de encender las alarmas de los empleadores, quienes desde diferentes frentes manifestaron su inconformidad a la instructiva señalada.

Según el funcionario, antes que un contagio sea clasificado como un accidente laboral es necesario pasar varios filtros para establecer el nexo epidemiológico, además de los informes del médico tratante, la visitadora social del empleador y la caja de salud respectiva.

El pasado 15 de mayo, la Asuss envió un instructivo a las cajas de salud sobre la emisión de certificados de incapacidad temporal por Covid-19, en apego al Código de Seguridad Social de Corto Plazo, la Ley General del Trabajo y lo establecido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en relación a esa enfermedad.

“Está dentro de la Constitución Política del Estado, articulo 45 que hace referencia a epidemias y enfermedades catastróficas, señalando que la seguridad social cubre las mismas, es por esto que nosotros hemos regulado cómo debe ser la atención del Covid-19 dentro de las Cajas de Salud”, argumentó Reyes.

Vale recordar que, de acuerdo con la normativa vigente en el país, los empleadores tendrán la responsabilidad de adoptar medidas de prevención y protección para reducir al mínimo los riesgos de contagio, mientras que los trabajadores tienen obligación de cumplir y acatar las medidas de seguridad establecidas.

​”No es lo mismo que un trabajador de un servicio médico contraiga la enfermedad haciendo su práctica médica o en un laboratorio, por ejemplo, a adquirir el virus en una empresa de manufacturas porque no se sabe si efectivamente el paciente ha llegado ya con el Covid-19 al centro laboral”, indicó.

En ese sentido, Reyes afirmó que lo establecido no debe causar preocupaciones en los empleadores y empresarios formales que hay en el país, y no afecta al retorno paulatino de las actividades laborales tras la cuarentena por coronavirus. Y agregó que la Asuss está abierta al diálogo y la concertación social, para la aplicación de la normativa vigente de manera correcta.

La aplicación de esta medida generó el rechazo de las esferas del sector privado, quienes aducen que no hay criterio técnico y jurídico para considerar el contagio del virus chino como una enfermedad laboral.