Proyecto dispone orden de apremio al empleador que no restituya fuente laboral
El Proyecto de Ley (PL) 348/19 sobre reincorporación y restitución de derechos laborales que se encuentra en la Asamblea Legislativa para su aprobación, dispone mandamiento de apremio para los empleadores que no restituyan al trabajador que ganó el proceso de reposición laboral ante un Inspector de Trabajo y haya sido conminado por un juez de Trabajo y Seguridad Social.
“Si el empleador no cumple con lo dispuesto por el juez público en materia de trabajo y seguridad social en el plazo de tres días de habérsele notificado, se expedirá el mandamiento de apremio para que se cumpla con la incorporación, así como el pago de sueldos adeudados y otros derechos sociolaborales que tuviere el trabajador”, señala el artículo 17 del proyecto de ley.
La normativa laboral actual, según el diputado proyectista, Guillermo Rocha, es conciliadora, no coercitiva y con esta ley, el Ministerio de Trabajo va a tener la capacidad de obligar al empresario, a cumplir con los derechos de los trabajadores.
La COB respalda
Un análisis legal de la Central Obrera Boliviana (COB) dice, sobre la participación de los jueces del trabajo, es que se convertirán en ejecutores de las resoluciones administrativas, como si se tratara de un laudo arbitral, y que directamente el juez tendrá la facultad de librar apremio en contra del empleador.
“El proyecto de ley es de avanzada, beneficia a los trabajadores, siempre y cuanto las jefaturas del trabajo, capaciten o contraten con exámenes de competencia en materia laboral, a los que administren estos procesos”, expresó.
Entorpece las relaciones
La Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB), manifestó que, este tipo de propuestas normativas solo consiguen entorpecer las relaciones laborales que, antes que visualizarse dentro de un esquema de cooperación y mutua necesidad, los considera como antagónicos y enemigos.
“Este tipo de normas también desincentivan la inversión privada extranjera y nacional. De prosperar el tratamiento de esta norma, se va a añadir al extenso y complejo inventario de regulación del mercado laboral en Bolivia, que no hace más que precarizarlo, de tal manera que hoy, hay menos gente favorecida por los beneficios de contar con un empleo digno”, expresó el titular de la CEPB, Luis Barbery.
Por su parte, el presidente de la Cámara Nacional de Industrias (CNI), Ibo Blazicevic, expuso 13 cuestionamientos a la normativa que será analizada.
Entre otros puntos, apuntó a que el PL 348/2019, “establece a la solicitud de restitución de derechos vulnerados, como un acto administrativo y si no se lo realiza, el afectado puede optar por la vía judicial, dejando desprotegidos a los empleadores, ya que no se podrá realizar nuevas contrataciones”. Además, cuestionó que la disminución del salario sea una vulneración de derechos laborales pues afecta a la estabilidad laboral y discrimina a los cargos directivos o jerárquicos.