Defensoría: TSE permite a mujeres trans adoptar

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“¡Maravilloso! Una lucha fuerte, pero al final se logró” escribió en su cuenta de Facebook, Luna Sharlotte Humérez -la primera mujer transexual que se casó por lo civil en diciembre de 2016- luego de conocer el instructivo del Tribunal Supremo Electoral (TSE) en el que ordena a la dirección nacional y a las departamentales del Servicio de Registro Cívico (Sereci) dar curso al registro de matrimonios de personas transexuales y transgénero.
La mujer contó que antes de este instructivo ella pasó un “calvario” para  hacer realidad su sueño, casarse por lo civil con su pareja, Henry. Pero ahora el resto de las mujeres trans también podrán gozar ese mismo derecho “Me llamaron unas 10 mujeres trans de todo el país para reclamar, por qué a ellas no se les permitía casarse”, dijo.
Sin embargo, de acuerdo con la adjunta de la Defensoría del Pueblo, Tamara Nuñez del Prado, con ese instructivo no sólo gozan de ese derecho, sino a todos los que tiene cualquier mujer, incluso la de adoptar un niño.
“El matrimonio, cualquiera que sea  no importa si es transexual o biológico, está constituido por un hombre y una mujer y  si  la pareja cumple con los requisitos (para realizar una adopción) ellos están dentro de la ley y pueden adoptar. Con ello (A las personas trans) no se les quita la posibilidad de adoptar ya que según el certificado de matrimonio  de ellos indicaría que  son hombre y mujer y en el certificado del niño  estaría el nombre de la  mamá y papá”, afirmó.
Es más, Nuñez del Prado  ejemplificó que si el matrimonio de Humérez decide adoptar un niño  puede hacerlo ya que  “ella es una persona transexual y su esposo es hombre, ambos no pueden tener hijos biológicos (…) pero  como matrimonio sí pueden llegar a la adopción, porque está permitido totalmente”, dijo tras aclarar  que para eso deben cumplir con todos los requisitos.
El martes, el TSE emitió el instructivo TSE-PRES-015/2017  firmado por la presidenta de esa instancia, Katia Uriona, en el que  autoriza el  matrimonio civil de las personas transgénero y transexuales.
Esa norma interna señala que  la Sala Plena del TSE instruye que: “las personas transexuales y transgénero que efectuaron el cambio regulado por la Ley 807 de Identidad de Género podrán contraer matrimonio civil, sin necesidad de ningún otro requisito. Solo bastará con la presentación del documento que acredite su cambio de sexo”.
El 21 de mayo de 2016, el Gobierno promulgó  la Ley 807  que  autoriza el cambio de nombre propio, dato de sexo e imagen de esa población. A la fecha, 119 personas cambiaron de identidad. Sin embargo, seis meses después, un grupo de diputados presentó un recurso de inconstitucionalidad contra esa norma al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) la cual actualmente es analizada, por lo que solicitó a la Iglesia Católica su opinión sobre esa ley y el pasado martes esa institución presentó su aporte.
En tanto no se emita un pronunciamiento del TCP la ley está vigente por lo que las personas trans  “gozan de todos sus derechos, entre otros los Derechos Sociales y Económicos donde se encuentra instituido el del matrimonio”, indica  el instructivo.
Ayer, el TSE  emitió un comunicado donde indican que el instructivo “tiene carácter administrativo interno” ya que el Sereci depende de esa institución. Además que la disposición se hizo “en estricto apego a la CPE y las leyes vigentes y dando cumplimiento a una decisión de Sala Plena”. Asimismo destaca que esa disposición no altera el instituto del matrimonio entre un hombre y una mujer, tal como establece la Carta Magna.
Ahora, Luna junto a su esposo retornaron de su viaje de luna de miel y aunque ella asegura que en sus planes aún no está tener hijos, tampoco lo descarta. “Quizá en un futuro”, dijo.
Iglesia: Norma avala  inconstitucionalidad
La Iglesia Católica a través de su asesora jurídica, Susana Inch, afirmó que el instructivo del Tribunal Supremo Electoral (TSE), confirma la inconstitucionalidad de la Ley 807 de Identidad de Género.
“La instructiva del TSE confirma la inconstitucionalidad de la ley, porque según la Constitución Política del Estado la institución del matrimonio se constituye entre un hombre y una mujer”, afirmó y explicó que aún cuando una persona se haya hecho el cambio de identidad, biológicamente no son (ni) hombre (ni) mujer”, remarcó la abogada.
Aseguró que esa es una de las observaciones que presentó el pasado martes la Iglesia Católica a  Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) pues fue consultada para emitir un veredicto sobre la constitucionalidad de la norma.
La ley fue promulgada en mayo de 2016 y en octubre se presentó el recurso de inconstitucionalidad. “Vamos a trabajar fuerte en esa posición”, anunció la jurista.

 

Para una trans es difícil tener pareja, dice Laura Álvarez

 

Para Laura Álvarez, una de las primeras personas transexuales que hizo el trámite de cambio de género en sus documentos de identidad, no es fácil conseguir pareja ya que todas las mujeres trans- en el país, que no deben ser más de tres mil son estigmatizadas, insultadas y hasta humilladas.
“Para nosotras es muy difícil conseguir pareja. Primero porque aún nos ven como maricones, luego como prostitutas porque muchas son trabajadoras sexuales ya que no consiguen trabajo y producto de eso creen que tenemos VIH”, afirma Laura  a Página Siete.
Aseguró que para ella es muy complicado tener una pareja, pese a ello sueña con tener una relación formal y hasta casarse.
“Ojalá se realice ese sueño porque  producto de esas estigmatizaciones, insultos y hasta discriminaciones no tengo pareja” remarcó la mujer que hasta el año pasado pasó por muchos conflictos para tener una identidad acorde a su apariencia.

 

La Defensoría alista dos leyes en favor de  LGBTI

 

La Defensoría del Pueblo anunció ayer, en el Día Internacional de la Diversidad Sexual,  la presentación del Anteproyecto de Ley de Acuerdo de Vida en Familia y la propuesta de tipificación de Crímenes de Odio, para su inclusión en el nuevo Código del Sistema Penal.
La Constitución Política del Estado en su Artículo 14, Parágrafo II,  prohíbe y sanciona toda forma de discriminación fundada en razón de sexo, orientación sexual, identidad de género y otros, remarcó la adjunta defensorial, Tamara Núñez del Prado.
“El 21 de mayo de 2016 se aprobó la Ley 807 de Identidad de Género, estableciendo el procedimiento para el cambio de nombre propio, dato de sexo e imagen de personas transexuales y transgénero en toda documentación pública y privada vinculada a su identidad, permitiéndoles ejercer de forma plena el derecho a la identidad de género”, señala un comunicado defensorial.