Las etiquetas deben advertir si los alimentos son transgénicos
En los supermercados, los alimentos genéticamente modificados tendrán que contar con etiquetas que adviertan que son transgénicos. Además, esos centros de abasto deben sustituir las bolsas plásticas por envases biodegradables, según establece la norma de Regulación de las Actividades de los Supermercados.
El viceministro de Defensa del Consumidor, Guillermo Mendoza, explicó que esas determinaciones serán implementadas una vez que se publique el Reglamento Específico de Regulación de las Actividades de los Supermercados para Protección de las Usuarias y los Usuarios y las Consumidoras y los Consumidores. La norma fue aprobada el 6 de octubre mediante la Resolución Ministerial 205/2015 y consensuada con los propietarios de supermercados.
“El reglamento -que tiene seis capítulos, 21 artículos, una disposición transitoria y dos disposiones finales- lo publicaremos hasta el fin de semana”, aseguró Mendoza. Recalcó que luego de esa difusión entrará en vigencia.
Entre otros aspectos, la norma establece que los supermercados deben sustituir las bolsas plásticas por las biodegradables “preferentemente de papel y de industria nacional”. “Nosotros no podemos obligar al uso de ciertas bolsas; pero eso sí, deben desaparecer las plásticas”, indicó el viceministro.
También instruye que los alimentos químicamente modificados lleven etiquetas que indiquen que son transgénicos. Mendoza dijo que “no será fácil lograr que los proveedores coloquen las advertencias en las dimensiones establecidas”. Por lo que se dio un plazo de seis meses a tres años para el cumplimiento.
El Reglamento también indica que los productos deben tener la fecha de expiración en tamaño más grande y notorio. Asimismo, establece que los supermercados deben instalar letreros que indiquen las propiedades nutritivas de cada alimento.
Según la norma, los supermercados deben tener suficientes cajas registradoras para no generar filas. Las facturas deben imprimirse con caracteres perfectamente legibles.
El artículo segundo determina que el Viceministerio de Defensa de los Derechos del Usuario y Consumidor es el encargado del cumplimiento, seguimiento y ejecución de la norma.
Mendoza comentó que los supermercados que no cumplan con la disposición serán sancionados a través de faltas leves, graves y gravísimas. “Las sanciones serán monetarias y desde 3.000 hasta 10.000 UFV (Unidad de Fomento a la Vivienda)- es decir desde 6.000 hasta 20.000 bolivianos- y también habrá clausuras”, advirtió la autoridad.