Exvocal Ovando: Nosotros cumplimos la Constitución

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“Nosotros como siempre hemos cumplido la Constitución Política y las normas legales,  y que den otra interpretación ya no es responsabilidad de nosotros”. De esa forma justificó Wilfredo Ovando, exvocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE),  la circular que inhabilitó en 2014 las candidaturas de Rebeca Delgado y Eduardo Maldonado.

En diciembre de 2014, el TSE emitió la Circular 71/2014  que establecía que los senadores y diputados del periodo legislativo 2010-2015 no podrían postularse a  cargos municipales y regionales, incluidos para los cargos  de alcalde/sa. Por ello Delgado y Maldonado, disidentes del MAS,  no  pudieron ser candidatos a alcaldesa y alcalde.

Sin embargo, cuatro años después -el 28 marzo pasado- el Comité de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU)  concluyó que se violaron los derechos políticos de los exlegisladores al inhabilitarlos como postulantes.

No obstante, Ovando insistió en  que cumplieron la Constitución, que en sus artículos 285 y 287 establece que el requisito para ser candidato a un cargo electivo de los órganos ejecutivos de los gobiernos autónomos es “haber residido de forma permanente al menos dos años inmediatamente anteriores a la elección en el departamento, región o municipio correspondiente”.

Todo esto -dijo Ovando a Página Siete- fue respaldado en  la Convención Americana de Derechos Humanos, más conocida como   Pacto de San José, que en su artículo 23, numeral 2,  señala que “la ley puede reglamentar el ejercicio de los derechos y oportunidades, exclusivamente por razones de edad, nacionalidad, residencia, idioma, instrucción”.

“¿Dónde tienen residencia anterior (los legisladores)? La Paz que es la sede legislativa… y cuando un legislador postula se supone que su residencia es La Paz, entonces a eso obedece. De acuerdo con  la Convención y la Constitución, (ellos) no podían ser candidatos”, sostuvo Ovando, quien aseguró que  para no restringir derechos incluso los vocales de entonces “se abrieron” a la posibilidad de que  legisladores se habiliten a cargos departamentales.

Con ese argumento quedó habilitado como candidato a gobernador por Potosí Juan Carlos Cejas, exdiputado del MAS. También  quedó habilitado  Víctor Hugo Vásquez, como candidato  a gobernador por Oruro, pese a que trabajó por más de cinco años en el viceministerio de Desarrollo Rural, que tiene  sede en la ciudad de La Paz.

Por su lado, el exvocal Irineo Zuna manifestó a Página Siete que el TSE aprobó varios reglamentos.

“En ese sentido, en el caso del exsenador Eduardo Maldonado y la exdiputada Rebeca Delgado, para llegar a una resolución se tuvo reglamentos, una circular y la decisión fue de sala plena”, en la que  algunos vocales expresaron su disidencia, “considerando que se estaban vulnerando derechos”, afirmó.

Zuna no quiso adelantar quiénes fueron los vocales que no votaron por la resolución que inhabilitó a los exlegisladores.  “En este momento no tengo los documentos. Estoy de viaje para ver de  una vez  la documentación y analizarla”.

Delgado indicó que los exvocales que la inhabilitaron deberán responder penal y civilmente por negarle sus derechos políticos. “Ahora tendrán que asumir sus responsabilidades civiles porque hay daños económicos y, esencialmente, penales porque la vulneración de derechos es un delito”, aseguró Delgado.

En criterio de Ovando,  “el hecho de que otros organismos internacionales (como la ONU) interpreten a la manera que quieran, eso ya es tema de ellos, yo no voy a hacer ningún comentario más.

Cualquier decisión se cumplirá en la forma que establece”.

Una exvocal del TSE, quien pidió guardar su identidad   para no dar un criterio anticipado, dijo que también son responsables los exmagistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP),  porque -consideró- que ellos en su momento debieron  advertirles de que se estaba vulnerando un derecho político. “Ellos tenían la obligación de advertirnos”, sostuvo.

Tras ser  inhabilitados, Delgado y Maldonado presentaron individualmente un amparo ante el TCP, pero esta entidad los rechazó. En el caso de Delgado, el TCP dijo que el recurso debió haber sido interpuesto por  el partido por el que se postuló. En el caso de Maldonado, el TCP lo rechazó porque él no presentó el recurso, sino su agrupación política, se lee en el dictamen de la ONU.

Punto de vista
JORGE LAZARTE   Exvocal de la Corte Electoral

Está claro que hay responsabilidades distribuidas en varios niveles. Eventualmente,  el más débil es el Tribunal Supremo Electoral, porque los vocales actuaron bajo presión desde el poder político y encima tenían al Tribunal Constitucional.

Los vocales electorales de ese entonces cumplían lo que decía o se iban, aunque al final abandonaron el ente electoral de manera vergonzosa y escandalosa por las diferentes irregularidades.

La Constitución está mal y los exvocales podían haber advertido esta situación. Ahora dirán que cumplieron la Constitución, pero ellos deberían  garantizar los derechos políticos.

Ellos deberían haber optado incluso por una decisión personal, si fueran conscientes de que se deben garantizar los derechos. Los derechos están por encima de la Constitución, pues tienen una validez internacional. Entonces deberían recurrir al Tribunal Constitucional haciendo la consulta y decir que esto va contra la propia Constitución.

Ahora, el Tribunal Constitucional interpretó la Constitución de una forma, y respaldó la inhabilitación, entonces vulneraron derechos al no garantizarlos. Pero los exvocales deberían  renunciar y denunciar  esta situación.

 

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