TSE creó la figura de casos especiales para avalar extremos

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El vicepresidente del TSE insistió en los criterios establecidos en la Constitución Política del Estado (población y territorio) para definir el mapa electoral.

En la distribución de al menos la mitad de las circunscripciones uninominales, según la propuesta de mapa electoral al que accedió Página Siete, no se cumplen criterios establecidos en el reglamento aprobado el martes por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), en el que se fijan mínimos y máximos en las extensiones de territorio y población.
Según el proyecto que circuló en los medios, en 34 circunscripciones de las 63 no existe la suficiente cantidad de población para la creación de una circunscripción, lo que va contra el inciso a) del artículo 25 del reglamento.
“(Que) la población total de la circunscripción uninominal no sobrepase el límite máximo ni sea inferior al límite mínimo de la población ideal departamental”, dice el reglamento.
Por lo visto  en la propuesta de mapa electoral, en más de la mitad de las circunscripciones uninominales se viola esa disposición del reglamento. 
Sin embargo, el organismo electoral incluyó en el reglamento un artículo para esas situaciones, el 26, para “casos especiales en la delimitación de circunscripciones uninominales”.
“Cuando la desviación estándar multiplicada por dos sea mayor a la media poblacional, significará la existencia de municipios con cantidad poblacional extrema, es decir con cantidad poblacional muy por encima o muy por debajo  de la media. Por lo tanto, la circunscripción  que contenga uno o más municipios con cantidad poblacional extrema, será válida por tratarse de un caso especial”, dice la norma.
La propuesta de mapa electoral  al que accedió Página Siete establece, por ejemplo, que la ciudad de La Paz, que tiene más de 700 mil habitantes, tiene derecho sólo a una circunscripción, a pesar de triplicar la cantidad de población establecida como máximo (para crear una circunscripción) por el TSE.
En el otro extremo se encuentra el municipio de Ixiamas, que ha sido dividido en dos. En este caso, Ixiamas tiene algo más de 6.000 habitantes, pero se le asignó dos circunscripciones, pese a estar -en cantidad de población- por debajo del mínimo fijado por el mismo tribunal electoral.
Estos casos extremos, que se dan en más de la mitad de las circunscripciones, son zanjados por el TSE con el artículo 26 de “casos especiales”.

Pero también el artículo de “casos especiales” se aplica para la extensión territorial. En estos casos, nunca la extensión territorial es menor al rango fijado como mínimo, sino superior.
La mayoría de las circunscripciones están dentro de los límites fijados en el reglamento.

“Los casos especiales se convierten en una bolsa. Siendo un ‘caso especial’, se convierte en algo general, con lo que validan todo. Han creado esa figura de casos especiales como crear un basurero. Es decir, como ‘esto no entra acá’, ‘sí entra acá'”, dijo Jorge Lazarte, exvocal de la Corte Nacional Electoral.

Ovando evita referirse a la supremacía del área rural

El vicepresidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Wilfredo Ovando, evitó en las entrevistas que concedió a medios de comunicación referirse a la supremacía que supuestamente tendrá el área rural en cuanto a las circunscripciones uninominales.
La propuesta de mapa electoral que circuló en los medios de comunicación establece 53 circunscripciones uninominales en el área rural, de las 63 que están establecidas en la ley.
Insistió en que el nuevo mapa será delimitado “respetando la Constitución y la ley”. 
“Para Cochabamba, por ejemplo, tenemos que formar siete circunscripciones y para eso ayer hicimos conocer el nuevo reglamento, y no así la delimitación, la aplicación”, dijo, según ABI. 
Respecto a la fórmula para definir las circunscripciones, dijo: “No podemos emitir criterio si es bueno o malo, el tema es normativo y así está diseñado en la Constitución”. 
Mencionó que en el Senado hay 36 representantes, cuatro por departamento, y que la Cámara de Diputados está integrada por los plurinominales, que están en la lista del candidato presidencial, y los uninominales, que van por el voto de la población. 
Ovando dijo que en la aplicación de la distribución de circunscripciones uninominales “no hay igualdad, siempre hay variación, porque si se aplica igualdad de números, tendríamos que partir municipios y eso no corresponde”.
“Las normas no son exclusivas para las áreas urbanas y rurales, es para todos en general, no se habla de zonas urbanas y rurales, sino (de) parámetros para todos”, dijo Ovando, a quien se atribuye la autoría de la polémica propuesta.

Ovando insiste en la figura de “territorio”

El vicepresidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Wilfredo Ovando, dijo ayer que la definición de las circunscripciones uninominales se realizará “respetando la Constitución”. 
“La Constitución dice que debemos delimitar con base en dos criterios: población y territorio. Antes se basaba en la población. No queremos inventar, sino que así está en la Carta Magna”, dijo a ATB. 
El martes, el TSE aprobó el reglamento de delimitación de circunscripciones uninominales  y postergó la reconfiguración del mapa electoral para los primeros días de la próxima semana. 
Sin embargo, miembros de los partidos políticos de oposición se pronunciaron cuestionando al Órgano Electoral porque está camino a dar prioridad al área rural. 
“La cantidad de diputados no va a disminuir”, afirmó, pese a que nadie dijo que la cantidad de uninominales disminuyó.