Cambiar de telefónica y mantener el número

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A través del Decreto Supremo 2498, los operadores de telefonía móvil están obligados a dejar que sus clientes migren a otra empresa proveedora de este servicio sin cambiar de número telefónico.

“El número es del usuario, quien podrá cambiar de operador telefónico el momento que desee. O también (el cliente) puede ver el precio, calidad o condiciones de servicio para llevar su número al operador que desee”, indicó el viceministro de Telecomunicaciones, Marco Antonio Vásquez.

Esta norma, firmada el 26 de agosto, dispone que la ATT (Autoridad de Fiscalización y Regulación de Telecomunicaciones y Transportes) elabore el Reglamento Técnico de Portabilidad Numérica de Servicio Móvil, en un plazo de tres meses.

Luego de la aprobación de este Reglamento, existe un año de plazo para que las disposiciones del Decreto entren en vigencia.

Vásquez estimó que los usuarios podrán cambiar de empresa y mantener su número a partir de finales de 2016.

“Con el Decreto hemos autorizado y hemos implementado las condiciones y obligatoriedad de este servicio. Se tiene tres meses de plazo para que la ATT elabore un reglamento técnico y, a partir de ello, un año para que los operadores ejecuten y pongan en marcha la operación”, explicó.