Vocal Lucy Cruz: Votos blancos y nulos no significarán nada

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Foto: ANF

Votar en blanco o nulo en el referendo de este domingo para la aprobación de los estatutos autonómicos significará “expresar nada” o “no opinar”, declaró la vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Lucy Cruz. Estos sólo serán considerados para fines estadísticos.

“La población puede votar por el Sí o por el No, esto se expresa un voto válido, porque emite su voluntad por el Sí o por el No. Pero cuando su voto es nulo o blanco, es una manera de expresar nada, ¿no es cierto? En ese entendido actualmente, los blancos y nulos se toman en cuenta sólo en el cómputo con los delegados de los partidos”, aseguró Cruz.
Un dossier publicado por el Órgano Electoral Plurinacional (OEP) respecto a las “20 preguntas y respuestas sobre el referendo del 20 de septiembre”, confirma tal apreciación.
“Para el cómputo sólo se toman en cuenta los votos válidos emitidos. Los votos blancos y nulos son considerados para fines estadísticos y, en su caso, para verificar la validez del referendo”, detalla el documento.
Por ejemplo, los resultados de la consulta serán válidos cuando vote al menos el 50 % más uno de los electores y que el total de los votos válidos -por el Sí  o por el No- sea superior a la sumatoria de votos blancos y nulos.
La declaración de Cruz contradice un comunicado emitido por el TSE hace unos días y una declaración de la presidenta de esa entidad, Katia Uriona, que afirmó que los votos blancos y nulos sí tienen validez, según reportó ANF. 
La vocal agregó que  “si los votos nulos y blancos superan  los válidos significa que la opinión de la ciudadanía ha sido una minoría, porque si tenemos un 30 % de válidos, se supone que la ciudadanía ha emitido su voluntad en 30 %, y los nulos y blancos significa no opinar, esa es la razón de ser de los votos”. 
En ese marco, el vocal José Luis Exeni pidió a la población y a los medios de comunicación “no confundir el cómputo de votos con la validez del referendo”.
El concepto de votación con fines estadísticos fue creado el 26 de marzo por los vocales del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Chuquisaca a través e la resolución 061/2015. Esta norma determinó que los votos de las agrupaciones políticas que no tuvieran candidato hasta el 25 de marzo (el caso del Frente de Izquierda Revolucionaria-FRI), serían consignados sólo para fines estadísticos y no serían considerados válidos.
La decisión fue adoptada tres días antes de las elecciones, pero fue hecha pública 13 días después de los comicios. 
Consulta

El voto de los electores de cinco departamentos que acudirán a las urnas este domingo a participar  de estatutos autonómicos departamentales, cartas orgánicas municipales y estatutos de autonomía indígena, puede ser clasificado de tres formas: válido, blanco o nulo.

Se invalida si ganan los blancos y nulos
El referendo para la aprobación de los estatutos autonómicos no será válido si los votos blancos y nulos superan a  los válidos, es decir, aquellos que opten por el Sí o por el No.
Otra de las razones para anular la consulta sería que los votos válidos no lleguen al 50 % más uno del electorado. Ambas opciones fueron presentadas en el dossier informativo del OEP.
“Si la cantidad de nulos y blancos es mayor al Sí o al No, el referendo quedaría declarado no válido”, declaró la presidenta del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Katia Uriona, en el programa Levántate Bolivia de Cadena A.