Gobernaciones, alcaldías y universidades no están obligadas a pagar incremento salarial

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Las entidades autónomas como gobernaciones, alcaldías y universidades no están obligadas a pagar el incremento salarial que fijó el Gobierno, 7% al haber básico y 10,8% al mínimo.

“Ellos tienen que evaluar las condiciones económicas a las cuáles hayan llegado, por lo cual internamente, seguramente, quedarán el incremento respectivo. Gobiernos municipales, gobiernos departamentales (definirán esto) bajo la ley de marco de autonomía, por lo cual ellos mismos deben quedar el incremento, no siendo siempre obligatorio para ellas”, informó Elizabeth Molina, directora General de Trabajo.

El 1 de mayo, el presidente Evo Morales promulgó dos decretos supremos que consolidan el incremento del 7% al haber básico y del 10,8% al salario mínimo nacional, que beneficiará a trabajadores del sector privado, a servidores públicos, miembros de la Policía Boliviana y Fuerzas Armadas.

“El incremento salarial 2017 deberá aplicarse en base a la remuneración de 2016 misma que deberá ser de formalizada a través de un convenio colectivo entre los trabajadores, representante de los trabajadores y empleadores”, agregó Molina.

El pago retroactivo debe ser realizado hasta el 31 de mayo de la presente gestión. Y la presentación de la planilla de incremento salarial tiene que ser entregado hasta el 30 junio. La empresa que incumpla la disposición será pasiblea multas correspondientes, explicó la autoridad.

Asimismo, explicó que las entidades públicas también deberían regirse hasta el 31 de mayo para el pago del retroactivo del incremento salarial.