SIN ganó 100 de 103 juicios con los contribuyentes en 2017

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El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) obtuvo 100 fallos favorables de 103 procesos contenciosos tributarios en 2017, según datos de su Memoria Institucional.

Es decir, en el 97% de los casos en los que los contribuyentes buscaron resolver objeciones por deudas tributarias, la justicia falló a favor de la Administración Tributaria.

Asimismo, la Memoria da cuenta que en la gestión 2017 se concluyeron 270 procesos prejudiciales de los cuales se lograron 231 fallos favorables. “Esto representa un porcentaje de éxito del 86%”, dice el documento.

Cuando una persona o empresa no está de acuerdo con una resolución de la Administración Tributaria (Servicio de Impuestos Nacionales, Aduana, alcaldías) puede presentar un recurso de alzada en oficinas de la AIT a nivel regional, pero si no está de acuerdo con la decisión de estos entes, interpone un recurso jerárquico en la AIT nacional.

Ante un fallo negativo en estas dos instancias, el contribuyente aún puede iniciar un proceso contencioso (judicial) o buscar un amparo constitucional.

De acuerdo con el senador René Joaquino, la diferencia entre los procesos de impugnación ganados por la administración tributaria y los contribuyentes es atribuible a las falsas expectativas que generan algunos abogados que impulsan a las personas o empresas a acudir a instancias en las que no tienen posibilidades de ganar.

“Los abogados muchas veces generan falsas expectativas, arrastrando a sus defendidos a procesos imposibles, muchas veces haciéndolos gastar más de lo que representaría pagar las deudas tributarias”, señaló.

Joaquino opinó que es necesaria la creación de una “defensoría del contribuyente”, la cual servirá para mediar entre los sujetos pasivos (contribuyentes) y la administración tributaria y brindar una opinión imparcial sobre la factibilidad de una impugnación y así evitar procesos innecesarios.

Proyecto de perdonazo

El proyecto de ley de perdonazo tributario señala que podrán acogerse a la regularización los sujetos pasivos con deudas tributarias y/o multas, en cualquier estado del proceso.

Es decir, en impugnación tributaria o hasta antes de la adjudicación de bienes en proceso de disposición en ejecución tributaria, inclusive pueden acogerse los que tengan facilidades de pago incumplidas, o declaraciones juradas presentadas sin pago o con pagos parciales.

Sin embargo, no alcanza a los bienes ya adjudicados luego de un remate, porque éstos ya pasaron a propiedad de otro.

Según el ministro de Economía, Mario Guillén, el objetivo es reducir la mora de 29.900 millones de bolivianos que se tiene en la actualidad por el incumplimiento de los contribuyentes.

Medidas coactivas

 

  • Embargos Hasta 2017 el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) logró 12.703 embargos de bienes e hipotecas de contribuyentes por deudas tributarias, según datos de la Memoria 2017 de esa entidad.
  • Hipotecas La entidad señala que entre las principales medidas coactivas aplicadas y ejecutadas el año pasado se consolidaron 893 casos de embargo de bienes y la hipoteca de 11.810 casos de contribuyentes con deudas.
  • Retención En total, el SIN registra que se tienen 113.497 casos de medidas coactivas aplicadas, que incluyen además 90.088 casos de retención de fondos, 9.413 casos de retención de pagos a terceros, 1.196 clausuras por no pago de deudas