Definen requisitos para acortar edad de jubilación

0
257

Para que otros sectores como los industriales, cementeros, trabajadores municipales en limpieza y otros sean declarados obreros que laboran en trabajos insalubres, deben cumplir tres requisitos, según dispone el proyecto de ley de Reducción de Edad para Trabajos Insalubres.

De acuerdo a la propuesta, que fue enviada el  viernes por el Órgano Ejecutivo a la Asamblea Legislativa Plurinacional para su respectivo tratamiento, los trabajadores deben presentar un estudio técnico, que será realizado por una comisión técnica integrada por el Instituto Nacional de Salud Ocupacional (INSO), Instituto Nacional de Seguros de Salud (INASES) y la Caja Nacional de Salud (CNS).

Además, deben presentar otro documento técnico legal para la declaratoria de trabajo en condiciones insalubres, que será  elaborado por el INSO, INASES,  CNS y el Ministerio de Salud.

Finalmente, el estudio técnico deberá reportar la reducción de la esperanza de vida, respecto al tiempo de exposición a condiciones de trabajo insalubre, precisa el artículo 3 de la norma.

Una vez que el asalariado concluya con sus trámites y estudios, deberá remitir los informes a la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS) para su análisis y  la emisión de un proyecto de resolución, para  que reconozca que realiza trabajos en condiciones insalubres.

El pasado miércoles, el Gobierno anunció que enviará a la Asamblea un proyecto de ley que busca reducir la edad de jubilación, que no sólo beneficie a los sectores mineros.

Al respecto, el ministro de Economía, Luis Arce, explicó que el beneficio actualmente alcanza a los trabajadores que operan  en interior mina, ahora con la propuesta se incluirá a los  que trabajan  a cielo abierto.

En el país, la Empresa Minera  San Cristóbal, con capital japonés,  extrae  complejos a cielo abierto.

En el caso de otros sectores, se sugiere que el alcance sea por ejemplo para aquellos que tienen contacto con componentes químicos y polvos, como sucede en las cementeras, textiles,  recojo de basura e incluso en  las petroleras, precisó el dirigente de la COB, Óscar Tapia.

“Es un proyecto que se trabajó con el Viceministerio de Pensiones, con el fin de beneficiar a los trabajadores que tienen enfermedades y que no pueden jubilarse antes de lo que establece la  Ley 065 de Pensiones”, declaró.

En el sector minero unos 5.000 trabajadores pueden  ser beneficiados, según datos de la federación de los obreros del subsuelo.

La norma vigente

Disposición  La norma  vigente permite a las mujeres restar un año por cada hijo nacido vivo, hasta un máximo de tres, de la edad requerida para jubilarse (58 años) y a los mineros, que pasan al sector pasivo a los 56 años, descontar un año por dos trabajados en interior mina.

EtiquetasJubilación