Proponen regular la información y publicidad en Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia

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ERBOL. El proyecto de Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia – que es tratada en la Comisión de Derechos Humanos de la Asamblea Legislativa- propone en su artículo 21 la regulación de la información y la publicidad en los medios de comunicación.

El  artículo 21 del proyecto de Ley pide regular a los medios de comunicación sobre la difusión de publicidad, información y toda expresión que afecte la dignidad, libertad y derechos de las mujeres.

Mientras, el artículo 36, en su parágrafo 4, establece -como medida de protección- que la autoridad competente puede prohibir al agresor acercarse al domicilio, lugar de trabajo o de estudio, de la víctima de la agresión.

“Y para hoy (este domingo) hemos previsto tratar este proyecto de Ley Integral Para Garantizar a las Mujeres Una Vida Libre de Violencia  en la Comisión de Derechos Humanos de la Asamblea Legislativa”, indicó el diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS), Ever Moya, en declaraciones a la red ERBOL.

Violencia contra la mujer

La representante de la Coordinadora de la Mujer, Mónica Novillo, explicó que el tema de la violencia hacia la mujer no involucra únicamente a personas de este género, sino a toda la sociedad.

“El tema de violencia contra las mujeres no es únicamente de nosotras, sino un tema que debe ser asumido con responsabilidad social”, manifestó Novillo.

Explicó que la violencia es un tema estructural en el que se pretende ver que la vida de las mujeres vale menos que la de los hombres.

“Se ve a las mujeres como objetos de uso: que se toman, se usan y se dejan (…) Si combatimos estos males de la sociedad vamos a tener (resultados satisfactorios)”, indicó.

El feminicio en el Código Penal

El artículo 88 del proyecto de Ley Integral propone incorporar el feminicidio en el Código Penal para establecer una pena de 30 años de cárcel, sin derecho a indulto, a toda persona que asesine a una mujer por su condición de ser fémina.

El femicidio es un neologismo creado a través de la traducción del vocablo inglés femicide y se refiere al asesinato evitable de mujeres por razones de género, es decir, actos que no ocurrirían si la víctima fuese un hombre.

Artículo 36, medidas de protección

Las medidas de protección que podrá dictar la autoridad competente -según el artículo 36, parágrafo cuatro: de la Ley Integral Para Garantizar a las Mujeres Una Vida Libre de Violencia- son las siguientes:

“Prohibir al agresor acercarse, concurrir o ingresar al domicilio, lugar de trabajo o de estudios,  domicilio de las y los ascendientes o descendientes o a cualquier otro espacio que frecuente la mujer en situación de violencia”.

Artículo 21, Regulación de los medios de comunicación

En cuanto a la regulación de los medios de comunicación, el artículo 21 -con la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes  (ATT) y el Ministerio de Comunicación como entes reguladores-  plantea las siguientes medidas:

1. Diseño e implementación de una estrategia nacional de comunicación, que incluya campañas en medios masivos, dirigida a desnaturalizar, informar y sensibilizar sobre las causas, formas y consecuencias de la violencia contra las mujeres, considerando la diversidad cultural y destinando para este fin los mismos recursos que asigna a la publicidad sobre temas estratégicos para el desarrollo nacional;

2. Regulación a los medios de comunicación sobre la difusión de publicidad, información y toda expresión visual, oral, escrita y electrónica que afecte la dignidad, libertad y derechos de las mujeres, y que promueva la tolerancia social hacia la violencia.