TSE acata sentencia y saca de su Reglamento al artículo 24

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El Tribunal Supremo Electoral (TSE), mediante un comunicado, informó que acatará la sentencia que declara inconstitucional el límite a transmisiones de entregas de obras y excluyó del Reglamento de Campaña el artículo correspondiente.

“Respetuoso del Estado de Derecho y de la institucionalidad democrática, el Órgano Electoral Plurinacional acata plenamente la mencionada Sentencia Constitucional. En tal sentido, el Artículo 24 del Reglamento para Campaña y Propaganda Electoral en Referendo queda excluido de esta normativa”, dice un comunicado de esta entidad.

Dicho artíuclo decía que “la  transmisión  en  vivo  y  en  directo  de actos  de  entrega  de  obras  del Gobierno  nacional  o  de  los  gobiernos  autónomos  no  podrá  superar  los  15 minutos de duración en cada caso. El  incumplimiento de esta disposición dará lugar  a  la aplicación  de una multa  contra el medio equivalente al doble  de  la tarifa más alta inscrita por el mismo, por el tiempo excedido”.

Ayer, el Tribunal Constitucional Plurinacional falló a favor del Gobierno y anuló este texto.

No obstante, el TSE aclaró que las demás previsiones normativas contenidas en el Reglamento siguen vigentes para el referendo del 21 de febrero y otros procesos similares.