TSE acata sentencia y saca de su Reglamento al artículo 24
El Tribunal Supremo Electoral (TSE), mediante un comunicado, informó que acatará la sentencia que declara inconstitucional el límite a transmisiones de entregas de obras y excluyó del Reglamento de Campaña el artículo correspondiente.
“Respetuoso del Estado de Derecho y de la institucionalidad democrática, el Órgano Electoral Plurinacional acata plenamente la mencionada Sentencia Constitucional. En tal sentido, el Artículo 24 del Reglamento para Campaña y Propaganda Electoral en Referendo queda excluido de esta normativa”, dice un comunicado de esta entidad.
Dicho artíuclo decía que “la transmisión en vivo y en directo de actos de entrega de obras del Gobierno nacional o de los gobiernos autónomos no podrá superar los 15 minutos de duración en cada caso. El incumplimiento de esta disposición dará lugar a la aplicación de una multa contra el medio equivalente al doble de la tarifa más alta inscrita por el mismo, por el tiempo excedido”.
Ayer, el Tribunal Constitucional Plurinacional falló a favor del Gobierno y anuló este texto.
No obstante, el TSE aclaró que las demás previsiones normativas contenidas en el Reglamento siguen vigentes para el referendo del 21 de febrero y otros procesos similares.