TCP admite recurso del Gobierno para anular límite de transmisión de actos

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El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) admitió el recurso que presentó el Gobierno para anular el límite de 15 minutos para la transmisión de actos de entregas de obras durante la campaña para el referendo del 21 de febrero.

El Auto Constitucional 443/2015 de la Comisión de Admisión del TCP resolvió admitir “la acción de constitucionalidad abstracta planteada por Rodolfo Illanes (Viceministro de Coordinación Presidencial) en representación legal de Juan Evo Morales Ayma y Álvaro Marcelo García Linera”.

El Gobierno impugnó el parágrafo II el artículo 24 del Reglamento para Campaña y Propaganda Electoral en Referendo emitido por el Tribunal Supremo Electoral (TSE).

Dicho texto dice: “La  transmisión  en  vivo  y  en  directo  de actos  de  entrega  de  obras  del Gobierno  nacional  o  de  los  gobiernos  autónomos  no  podrá  superar  los  15 minutos de duración en cada caso. El  incumplimiento de esta disposición dará lugar  a  la aplicación  de una multa  contra el medio equivalente al doble  de  la tarifa más alta inscrita por el mismo, por el tiempo excedido”.

Para buscar la anulación de este artículo, el Gobierno argumentó que la norma del TSE afecta  el derecho a la información de la población y vulnera la división de Órganos del Estado.

No hay medida cautelar

En su memorial presentado ante el TCP, el Gobierno pidió que se ordene la medida cautelar de suspender la aplicación de este artículo mientras se define el recurso.

El Tribunal argumentó que el Ejecutivo no pudo demostrar que la aplicación de este artículo causará un “daño irreparable”.