Las normas del Mutún: entre el 21060 y el DS del crédito chino

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El Decreto 21060 de 1985 estableció una serie de medidas económicas, entre ellas buscar frenar la hiperinflación. Uno de los artículos de esa norma establecía la explotación del Mutún. Luego de la puesta en vigencia de aquel decreto, a lo largo de los años se promulgaron   cinco disposiciones legales adicionales para consolidar la exploración y explotación de este yacimiento de hierro, ubicado al sureste de Santa Cruz.

“El yacimiento del Mutún (…) será desarrollado y explotado bajo la dependencia de la Corporación Minera de Bolivia (Comibol), mediante la Empresa Minera Estatal del Oriente”, se lee en el artículo 117 del 21060.

El 16 de mayo de 2005, el gobierno de Carlos D. Mesa promulgó el Decreto Supremo 28150, cuyo artículo 2, en el parágrafo uno, establece la creación de la Empresa Siderúrgica del Mutún (ESM), “con tipología de empresa pública, encargada de la dirección y administración de la industria siderúrgica en el Mutún”.

El 2 de diciembre de ese año, ya en  la presidencia de Eduardo Rodríguez Veltzé, se promulgó el Decreto 28473, que, en palabras del exmandatario, “se trata de una norma que genera un texto ‘único’ u ordenado de las disposiciones relativas al tema (Mutún)”.

El 24 de noviembre de 2007, mediante la Ley 3790, el presidente Evo Morales refrendó la creación de la ESM. Además, en dicha norma se establece la composición del directorio de esa empresa de la siguiente forma: tres representantes del Poder Ejecutivo, un representante de la Comibol, un representante de la Prefectura (hoy Gobernación) de Santa Cruz, un delegado de la provincia Germán Busch y un representante del municipio de Puerto Suárez.

Siete años después, el 28 de mayo de 2014, la Ley 535 de Minería definió a la ESM como “empresa pública minera”. Con todos esos antecedentes, el 3 de noviembre del año pasado, el Gobierno -mediante el Decreto 2574- autorizó a la ESM la contratación de “obras, bienes y servicios en el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia o en el extranjero para la ejecución de los proyectos financiados por el Eximbank”.

 

Dos objetivos del Plan Siderúrgico Nacional

El Plan Siderúrgico Nacional (PSN) fue aprobado en 2014. En este documento se establece una serie de “acciones precisas y agresivas” para la construcción de la planta de siderurgia básica, con el fin de abastecer la demanda nacional de acero y para comercializar el producto en el exterior. Para ello, en el plan se definieron dos objetivos “estratégicos”, los cuales deben ser cumplidos hasta  2025.

La primera meta consiste, según el documento al que accedió Página Siete, en implementar una “siderurgia integrada”, vía “reducción directa” con gas natural, para producir acero laminado, destinado inicialmente al mercado nacional.

Sobre este procedimiento,  el investigador de la Universidad Mayor de San Andrés Rodny Balanza explica que existen dos tipos de tecnología para explotar el hierro: alto horno de carbón y la de reducción directa. “Lo que es de menor impacto ambiental es la tecnología de reducción directa con gas natural. Y como tenemos gas natural, la tecnología más aconsejable es la de la reducción directa”, sostiene.

El segundo objetivo estratégico del PSN establece que se debe diseñar y desarrollar un proyecto ferrominero “de gran escala”; esto con el fin de incursionar en mercados internacionales en condiciones altamente competitivas, “coadyuvando y gestionando el desarrollo de infraestructura y logística adecuada para la exportación ventajosa por el Atlántico”.

El gerente general del Instituto Boliviano de Comercio Exterior, Gary Rodríguez, explica que tan sólo en la gestión 2015 la importación de insumos de hierro y acero significó aproximadamente 800 millones de dólares, por más de 800 mil toneladas de hierro, las cuales se destinaron a la construcción y  otros rubros.